Resolución Nro. 15 - PRORROGA DE SUSPENSIÓN AL SISTEMA DE AFILIACIÓN VOLUNTARIA

EmisorOSEP - OBRA SOCIAL DE EMPLEADOS PUBLICOS
Fecha de la disposición 4 de Enero de 2017

MENDOZA, 04 de enero de 2017

VISTO: el Expte. Nº020020-D-2016 caratulado: “Gran Mza. Departamento de Atención y Serv. Af. – sol / renovación de la suspensión del ingreso al Sistema de Afiliación Voluntaria Independiente” y

CONSIDERANDO:

Que mediante el citado expediente el Departamento de Atención y Servicios al Afiliado solicita se renueve o se prorrogue la suspensión del ingreso al Sistema de Afiliación Voluntaria Independiente, desde el 1 de enero de 2017 y hasta el 31 de diciembre de 2017.

Que se adjunta copia de la Resolución del H. Directorio Nº3026/2015, mediante la cual se prorrogó desde el 01 de enero de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2016, la suspensión del ingreso afiliativo a la OSEP bajo la categoría de “Afiliación Voluntaria Independiente”.

Que asimismo se solicita definir las condiciones de afiliación de un recién nacido, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Artículo 2º de la Resolución Nº0740/2014 del H. Directorio:

ARTÍCULO 2º - Excluir de los alcances de lo dispuesto en el Artículo 1º a los casos que a continuación se detallan:

  • Ingresos de recién nacidos que sean hijos de titulares, indirectos o adherentes o en el Sistema de Afiliación Voluntaria Independiente (si alguno de los padres cuenta con otra cobertura médica asistencial no acceder al ingreso a la OSEP).
  • Ingresos de recién nacidos a cargo de su abuelo/a, titular del sistema obligatorio(en caso de contar con otra cobertura médica asistencial no acceder al ingreso a la OSEP).
  • Ingresos de postulantes a cargo de un afiliado obligatorio en la categoría de voluntarios puros o estudiantes con parentesco de: hijo/a, nieto/a, yerno, nuera, padres, madres y suegros (en caso de contar con otra cobertura médica asistencial no acceder al ingreso a la OSEP).
  • Ingresos por convenios celebrados con entidades intermedias.
  • Ingresos de Abogados y Procuradores atento el convenio celebrado entre la OSEP y el Colegio de Abogados y Procuradores de Mendoza (Circunscripciones de la Provincia de Mendoza)

.

Que a tenor de lo expuesto se consideran dos situaciones:

  • Recién Nacido internado en Neonatología:

Al recién nacido se le hace extensiva la afiliación de su progenitora por un plazo de hasta treinta (30) corridos a partir de la fecha de su nacimiento, en dicho plazo el RN NO ES AFILIADO con los alcances y previsiones estatuidos en nuestra Carta Orgánica (Decreto Ley Nº4373/63 y sus modificatorias), utilizando una figura provisoria a fin de cubrir las necesidades...

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