Resolución Nro. 1478 - MODALIDAD VIRTUAL, 4TO. LLAMADO SUPLENCIAS NIVEL SECUNDARIO

EmisorDireccion General de Escuelas
Fecha de la disposición 4 de Agosto de 2020

MENDOZA, 04 DE AGOSTO DE 2020

Referencia: Modalidad Virtual, 4to. Llamado Suplencias Nivel Secundario

VISTO el EX-2020-01846590-GDEMZA-MESA#DGE, en el cual se tramita la toma de medidas extraordinarias que regirán durante el período que dure la situación de Pandemia declarado por el DNU N° 297/2020 del Presidente de la Nación que establece el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” para todas las personas que habitan el país, y sus correspondientes ampliaciones y modificaciones; y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de Mendoza en sintonía con lo declarado por el Gobierno Nacional hace extensivas las medidas para el territorio provincial por los Decretos Acuerdo Nº 384, 390 y 397/2020, Decreto Nº 461, 472/2020 y sus correspondientes ampliaciones y modificaciones, siempre que fueran acordes a lo dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional en el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020 y sus normas complementarias;

Que es importante para el Gobierno Escolar garantizar, en la mayor medida posible, el cumplimiento del calendario de clases y de exámenes establecido para el ciclo lectivo 2020;

Que a tal efecto, la Dirección General de Escuelas, dispuso la continuidad de las clases de un modo no presencial, autorizando la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, para asegurar el cumplimiento de la educación en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo y de los servicios esenciales para la continuidad del sistema;

Que la Dirección General de Escuelas con el objeto de hacer posible la continuidad del actual ciclo lectivo, autorizó el dictado de clases no presenciales, en todos sus niveles, incluidas las modalidades Secundaria Orientada, Secundaria Técnica y Jóvenes y Adultos del Sistema Educativo; resultando ahora necesario realizar en estas modalidades llamados a suplencias en cargos y/u horas cátedra, bajo la modalidad no presencial con herramientas virtuales, garantizando de esta manera la continuidad del servicio educativo bajo estándares de seguridad, transparencia, e imparcialidad exigibles a toda institución de enseñanza formal;

Que por RESOL-2020-946-E-GDEMZA-DGE se implementó la modalidad virtual para los llamados a suplencias en el Nivel Secundario de las Modalidades: Secundaria Orientada; Técnico Profesional (Capacitación para el Trabajo, Formación Profesional) y Jóvenes y Adultos (CEBJA - CENS), para 1°, 2° y 3° llamados;

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