Resolución Nro. 14 - EXPTE. Nº 3081-D-2014-00112 CARATULADO 'ACTA C 255 ARCOS MENDOCINOS S.A.'

EmisorDIRECCIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Fecha de la disposición15 de Marzo de 2017

MENDOZA, 15 de marzo de 2017

VISTO:

El expte. Nº 3081-D-2014-00112 caratulado "ACTA C 255 ARCOS MENDOCINOS S.A."

CONSIDERANDO:

Que a fs 18/30 la sumariada presenta recurso de revocatoria contra la Resolución Nº 00239-003081/15.

Que desde el punto de vista formal corresponde hacer lugar al recurso interpuesto atento a que fue presentado en el plazo establecido por ley y con el pago de las tasas correspondientes.

Que desde el punto de vista sustancial, la recurrente pretende se deje sin efecto la multa impuesta o se morigere la misma atento a que, según la misma, la resolución atacada decide sin considerar el descargo que presentara el 14 de julio de 2015 cuya copia acompaña; que por otro lado, entiende que el objetivo de la resolución 13/14 ya se encontraba cumplido atento a que se contaba con un Libro de Quejas según lo establecido en la ley 5539 y decreto reglamentario 3020/89; y que posteriormente, en enero de 2015, se procede a iniciar la tramitación del Libro exigido por la Res. 13/14; y que por último, en subsidio plantea la reducción de la multa a lo fijado por el art. 11 de la Ley Nº 8778.

Que a la recurrente no le asiste razón en cuanto al fondo de la cuestión, considerando ya que si bien es cierto que la sumariada realizara una presentación el 14 de Julio de 2015-conforme surge de la copia acompañada que contiene sello de entrada de esta Dirección-, la misma se encuentra identificada como "recurso de reconsideración" y ataca a la Resolución Nº 90-00709, con referencia al expediente 184-D-2015-00112 y acumulados. Como puede obseravarse el citado escrito no ha sido incorporado en autos porque no pertenece a estas actuaciones. No obstante ello, preservando el derecho de defensa de la sancionada, cabe aclarar que lo explicitado en la supuesta nota de descargo es reiterado en la revocatoria en análisis, por lo cual el análisis que se procede a realizar de la revocatoria implica el análisis de las defensas intentadas en el descargo que correctamente no fue adjuntado a estos autos.

Que la recurrente basa su segunda defensa en el hecho de que al momento de la inspección contaba con un libro de quejas según ley 5539 y su decreto reglamentario, aunque reconoce que el mismo no cumple con las formalidades de la Res. 13/14 . Que respecto al tema de la duplicidad de libro de quejas ordenado por otras normas, esta Dirección reitera lo establecido en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR