Resolución Nro. 139 - FLORES, PEDRO MATR. 4252 EXPTE. 4308/CD/2017

EmisorCOLEGIO DE TECNICOS DE LA CONSTRUCCION E INDUSTRIA DE MENDOZA
Fecha de la disposición23 de Marzo de 2018

MENDOZA, 23 DE MARZO DE 2018.

VISTO:

El Expediente Nº 4308 / CD / 2017, del Colegio de Técnicos de la Construcción e Industria de Mendoza, Caratulado: “CONSEJO DIRECTIVO. INSTRUYE SUMARIO AL PROFESIONAL M.M.O. FLORES PEDRO MATR. 4252”, iniciado en fecha 03 de Noviembre de 2017.

Que a foja 01, obra informe de tratamiento en Consejo Directivo,

Que a foja 02, obra Estado de Matrícula,

Que a foja 03, obra pase al Tribunal de Ética y Ejercicio Profesional,

Que a foja 04, obra avocamiento por parte del Tribunal de Ética y Ejercicio Profesional,

Que a foja 05, Cédula de Notificación al profesional, del Tribunal de Ética y Ejercicio Profesional,

Que a fojas 06, 07 y 08, el Tribunal de Ética y Ejercicio Profesional eleva nota con fundamentos y dictamen, para su tratamiento en reunión de Consejo Directivo,

Que a foja 09, obra pase a tratamiento en reunión de Consejo Directivo,

Que a foja 10, constancia de informe de reunión de Consejo Directivo nº 463.

CONSIDERANDO:

Que la actuación del Profesional PEDRO FLORES, MAESTRO MAYOR DE OBRAS, Matrícula nº 4.252, es contraria a las normas de Ética Profesional vigentes, incurriendo en faltas a las mismas según los Derechos y Obligaciones que impone la Ética Profesional. Artículos 1 y 2, Capítulo I, Título I; No ha cumplido con los Deberes que impone la Ética Profesional, Artículos 3 y 4, Capítulo II, Título I. Además, el profesional ha infringido los Deberes para los comitentes y terceros...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR