Resolución Nro. 1306 - PERMISO DE VERTIDO

EmisorDepartamento General de Irrigacion
Fecha de la disposición21 de Octubre de 2019

MENDOZA, 21 DE OCTUBRE DE 2019

VISTO: El Expediente N° 742.714 - 22 - Caratulado: “División Policía del Agua – Río Diamante S/ Inscripción en el R.U.E.”; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 223/225, rola Acta de Inspección N° 14774 llevada a cabo el día 11 de Febrero del 2019 en el establecimiento de Totals S.A. ubicado en calle Cubillos N° 2225 del Departamento de San Rafael, en la misma se verifica que el establecimiento se encuentra en funcionamiento, que la perforación que abastece de agua arroja valores de conductividad eléctrica en el orden de los 2500µs/cm. Adjunta muestras fotográficas.

Que a fs. 236/237 – 245, obra informe de la División Policía del Agua perteneciente a la Subdelegación de Aguas de Río Diamante y de la Dirección de Policía y Control de Calidad del Agua, en los cuales se sugiere Otorgar el Permiso de Vertido, en el cual se deberá establecer como excepción, un valor máximo del Parámetro de Conductividad Eléctrica de 3000µs/cm.

Que a fs. 246, la Dirección de Asuntos Legales emite dictamen estableciendo que, considerando los informes técnicos realizados, se sugiere que se otorgue el permiso de vertido.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas

EL SUPERINTENDENTE GENERAL DE IRRIGACIÓN

R E S U E L V E:

  1. ) Otórguese Permiso de Vertido de carácter precario, esencialmente revocable y sin perjuicio de terceros a favor de la firma TOTALS S.A. locataria de la empresa LIDERAR S.A., ubicado en calle Cubillos Nº 2225 – San Rafael - Mendoza en los términos de la Resolución N° 778/96 del Honorable Tribunal Administrativo, Capítulo III e inscripta en el Registro Único de Establecimientos (R.U.E) bajo el N° 400 - 202, a partir de la fecha de la presente resolución.

  2. ) Establézcase de manera excepcional, un valor máximo del parámetro de Conductividad Eléctrica de 3000µs/cm.

  3. ) Déjese expresamente establecido que el establecimiento debe: Garantizar la ausencia de vuelcos eventuales o permanentes de cauces de riego o desagües fuera de su propiedad y/o zonas incultas; Mantener los estándares de calidad como requiere la normativa vigente para todos aquellos parámetros encuadrados dentro de la Resolución Nº 778/96 y Nº 627/00 Anexo I (b) ambas del Honorable Tribunal Administrativo; Mantener un sistema de riego organizado y distribución que involucre laboreo de suelos para evitar anegamientos y/o desbordes en la zona de reúso; Permitir el libre acceso al personal del Departamento General de Irrigación a los fines de verificar la correcta...

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