Resolución Nro. 122 - LIQ. 1° QUINCENA - JULIO/21 - PARTICIPACIÓN MUNICIPAL

EmisorMINISTERIO HACIENDA Y FINANZAS
Fecha de la disposición15 de Julio de 2021

MENDOZA, 15 DE JULIO DE 2021.

Visto el Expediente Nº EX-2021-04103444- -GDEMZA-DGPRES#MHYF y el estado de cuenta de las Municipalidades de la Provincia en relación a la ejecución de las participaciones que les corresponden en los impuestos nacionales y provinciales, y

CONSIDERANDO:

Que se encuentra vigente el régimen de participación municipal previsto en la Ley Nº 6396 y sus modificatorias;

Que el artículo 6° de la ley aludida precedentemente dispone la transferencia quincenal para los recursos provenientes de la participación en los impuestos nacionales, en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y en el Impuesto de Sellos;

Que para distribuir entre los municipios las participaciones aludidas, se han aplicado provisoriamente los prorrateadores correspondientes al ejercicio 2020, fijados mediante Resolución Nº 146-HyF-20;

Que la política del Gobierno en apoyo del quehacer municipal determina que sean remitidos con la mayor prontitud los recursos de referencia.

Por ello,

EL

MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

R E S U E L V E:

Artículo 1º

Autorícese a Contaduría General de la Provincia a liquidar a favor de las Municipalidades que se detallan y por los montos que se indican en la columna (1) de la Planilla Anexa A, que forma parte de la presente resolución, la suma de UN MIL CIENTO VEINTINUEVE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE PESOS ($ 1.129.348.189.-), correspondiente a la primera quincena del mes de julio del año 2021 de Participación Municipal.

Artículo 2º - El importe que se detalla en el artículo anterior se imputará con cargo a la partida: H-20003-431-01-00: "Participación a Municipios - Régimen General" y Unidades de Gestión respectivas, del Presupuesto de Erogaciones vigente.

Artículo 3º

Autorícese a Contaduría General de la Provincia a retener a las Municipalidades que se detallan, de las sumas liquidadas en el artículo 1° de esta resolución, los importes que se indican en las columnas (2), (3) y (4) de la Planilla Anexa A, que forma parte de la misma, por un total de SESENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS ($ 61.851.633.-) y cancelar con los fondos retenidos el monto correspondiente a las obligaciones que las Municipalidades tienen con el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) Ley N° 26425 y sus modificatorias, la Caja de Seguro Mutual y la Obra Social de Empleados Públicos de la...

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