Resolución Nro. 117 - EX-2019-04922156-GDEMZA-MESAYAS#MGTYJ, CARATULADO'CRUCIANI JORGE ALBERTO C/... GÓMEZ GARRIDO'

EmisorDIRECCIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Fecha de la disposición21 de Marzo de 2022

MENDOZA, 21 DE MARZO DE 2022

VISTO:

El expediente EX-2019-04922156-GDEMZA-MESAYAS#MGTYJ, caratulado "Cruciani Jorge Alberto C/ Edgardo Francisco Ivars - Estela del Pilar Gómez Garrido", en el cual obran las actuaciones sumariales contra la firma "FIDEICOMISO PASO DE LOS ANDES 1358", CUIT 30- 71536096-5, con domicilio fiscal en Loteo Ortiz, calle Pública N° 2231, Vistalba, Luján de Cuyo (5509), Mendoza, y;

CONSIDERANDO:

Que a orden nº 2, según documento electrónico (en adelante D.E.) IF-2019-04923744-GDEMZA-MESAYAS#MGTYJ rola denuncia interpuesta por el Sr. Cruciani, Jorge Alberto DNI Nº 14.730.587, con domicilio en calle Rosales Nº 55, Dorrego, Guaymallén (5519), Mendoza, y domicilio electrónico jcruciani@hotmail.com contra la firma "FIDEICOMISO PASO DE LOS ANDES 1358", CUIT 30- 71536096-5, en virtud de suscribir en septiembre de 2015 un contrato de compra venta con la firma denunciada por una unidad en planta baja con una superficie aproximada de 80 m2, destinada a vivienda más una cochera, sita en calle Paso de los Andes N° 1358 de Ciudad de Mendoza. En dicho contrato se establece la entrega del bien para el mes de junio de 2017 y en caso de no hacerla efectiva, correspondería el pago equivalente al canon de un alquiler mensual, encontrándose ambos puntos incumplidos al momento de interposición de la presente denuncia, a pesar de haber sido abonado en término.

Que el Sr. Jorge Cruciani acompaña como prueba documental de sus dichos el "Boleto de Compraventa Unidad a Construir por Fideicomiso Paso de los Andes 1358" firmado por el denunciante y por el Sr. Francisco Ivars en carácter de Fiduciario Administrador y recibos de pago en concepto de primer pago y cuota 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 haciendo un total de Pesos Un Millón Ciento Sesenta Mil con 00/100 ($ 1.160.000,00) por la compra de un departamento y una cochera según Boleto de Compraventa.

Que esta Dirección dispone dar traslado de la denuncia al Sr. Francisco Ivars como Fiduciario Administrador de la firma Fideicomiso Paso de los Andes 1358, y en virtud de la instancia conciliatoria se otorga el plazo de diez (10) días hábiles, a contar desde su recepción, para presentar propuesta conciliatoria y/o descargo en autos. Siendo fehacientemente notificada en fecha 28 de junio de 2019.

Que a página 20 del D.E. IF-2019-04923744-GDEMZAMESAYAS#MGTYJ de orden n° 2 obra descargo presentado por Edgardo Francisco Ivars donde niega todo y cada uno de los hechos denunciados por el Sr. Cruciani.

Que a orden n° 6, mediante D.E. PV-2019-06904200-GDEMZAICON#MGTYJ se dispone citar a audiencia de conciliación a las partes, las que son fehacientemente notificadas a orden n° 9 y 10, según D.E. IF-2019-06954660-GDEMZA-NOTIF#MGTYJ y IF-2019-07204062-GDEMZA-NOTIF#MGTYJ, respectivamente.

Que a orden n° 12, conforme D.E. IF-2019-07338918-GDEMZAICON#MGTYJ obra Acta de Audiencia de Conciliación realizada en diciembre de 2019, donde comparecen las partes, resultando fracasada la instancia conciliatoria.

Que a orden n° 25, según D.E. PV-2020-02909790-GDEMZASDLEG#MGTYJ, esta Dirección dispone notificar a la firma "FIDEICOMISO PASO DE LOS ANDES 1358", CUIT 30- 71536096-5 de la apertura de sumario por presunta infracción al artículo 19° de la Ley N° 24.240 y al artículo 10° inc. c) del Decreto Reglamentario N° 1798/94, por no cumplir con la entrega de la unidad en el tiempo pactado por las partes, como así tampoco con la multa de $10.000 (pesos diez mil) mensuales establecidos en el contrato, por demoras en la entrega del inmueble.

Que a orden n° 40, mediante D.E. IF-2021-08641874-GDEMZARESOL#MGTYJ se incorpora constancia de notificación por edicto...

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