Resolución Nro. 1101 - REGULACIÓN ACTIVIDADES DE USO PÚBLICO MANZANO HISTÓRICO - MANZANO PORTILLO DE PIUQUENES.

EmisorDIRECCIÓN DE RECURSOS NATURALES RENOVABLES
Fecha de la disposición 1 de Diciembre de 2020

MENDOZA, 01 DE DICIEMBRE DE 2020

Visto, el Expediente Electrónico N° EX-2020-05780938-GDMZA-DRNR#SAYOT, en el cual se tramita la regulación de las actividades de uso público en las Reservas Naturales Manzano Histórico y Manzano-Portillo de Piuquenes en el marco de Pandemia Covid-19, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto 1401/20, en el Artículo 7°, Inciso j) establece la autorización de visitas a las siguientes reservas naturales, a partir de 14 de noviembre de 2020, en conformidad con las condiciones que estipule la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial: Parque Provincial Aconcagua, Parque Provincial Cordón del Plata, Monumento Natural Puente del Inca, Reserva Natural Manzano-Portillo de Piuquenes, Reserva Natural la Payunia y Reserva Natural Divisadero Largo.

Que, las Áreas Naturales Protegidas Manzano Histórico y Manzano-Portillo de Piuquenes son dos de las más visitadas de la Provincia.

Que, la Resolución RIT-2020-1021-GDEMZA-DRNR#SAYOT establece en las ANP mencionadas los lugares y sitios habilitados para el pernocte, con el objeto de desarrollar y ordenar la actividad deportiva, turística y de uso público en general, y brindar un marco de seguridad al visitante.

Que, las ANP en cuestión tienen la problemática que implica la presencia de la especie exótica invasora Didymo (Didymosphenia geminata).

Que, solo se autoriza el acampe en carpas individuales o en carpas para más de una persona siempre que sean convivientes.

Que, a orden 06, Asesoría Legal dictamina que no tiene observaciones legales que formular a lo solicitado, teniendo en cuenta las atribuciones otorgadas a esta Dirección por Ley N° 6045 en su Artículo 56 Inciso g) y lo normado por Decreto N° 1401/20, en el Artículo 7, Inciso j), Resolución N° 170/20- SAyOT (“Protocolo General para la Atención de Visitantes en las Áreas Naturales Protegidas de la Provincia de Mendoza”) y Resolución RIT-2020-1021-GDEMZA-DRNR#SAYOT.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias y aquellas atribuidas que le confiere la legislación vigente, y lo dictaminado por Asesoría Legal;

EL DIRECTOR

DE RECURSOS NATURALES RENOVABLES

RESUELVE:

Artículo 1º

Establézcanse las condiciones y el marco general para reglamentar y regular las actividades de uso público que hasta la fecha tienen mayor relevancia e impacto en las Reservas Naturales Manzano Histórico y Manzano-Portillo de Piuquenes, las...

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