Resolución Nro. 11 - MODIFICACIÓN PRESUPUESTO 2017 DE LA ADMINISTRADORA PROVINCIAL DEL FONDO
Emisor | FONDO PARA LA TRANSFORMACIÓN Y EL CRECIMIENTO |
Fecha de la disposición | 2 de Mayo de 2017 |
Mendoza, 2 de mayo de 2017.
VISTO
El expediente 527-D-2017, en el que obra informe de Subdirección de Administración que propicia la realización de la modificación del presupuesto vigente aprobado por Ley 8930, y;
CONSIDERANDO
Que el Artículo 5º inciso f)- de la Ley Nº 6.071 establece que la Autoridad de Aplicación destinará del Fondo de Financiamiento dinero para hacer frente a gastos de su propio funcionamiento;
Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 8º de la Ley Nº 6.071 modificado por el Artículo 3º de la Ley Nº 6.241, y el Artículo 5º del Decreto Nº 347/94 y sus modificaciones, el Presupuesto General de Gastos de Funcionamiento, de Recursos y el de movimientos patrimoniales debe ser confeccionado y/o reformulado por la Autoridad de Aplicación;
Que Departamento Contabilidad a fs. 1 informa el monto de remanentes del ejercicio anterior el que asciende a un valor total de $ 504.388.774,78, para todos los financiamientos mayor a la suma estimada en el presupuesto vigente por $ 350.000.000,00 con rentas generales;
Que el Departamento Contabilidad manifiesta que el referido remanente se distribuye en tres financiamientos, Financiamiento de Rentas Generales de $ 540.546.097,50, Financiamiento Ley 7843- Art 7º Bonificación de Tasas- Fdo. Anticíclico de $ 1.816.976,28, financiamiento Ley 8364 Programa Provincial de Financiamiento para el Uso Eficiente del Agua de Riego por $ 37.974.299,00 y que se requiere para su adecuada registración adecuar el presupuesto vigente a la distribución resultante del cierre del ejercicio 2016, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por el art. 51 de la Ley 8930;
Que asimismo, informa que la Deuda Flotante del Ejercicio 2016, resultante de la Cuenta General de dicho Ejercicio, aprobada por Resolución 17/2017 de esta Administradora, asciende a la suma de $ 1.913.022,96, constituida por pasivos sin orden de pago (ex Residuos Pasivos) y con Orden de Pago (ex Acreedores Varios);
Que conforme a lo dispuesto por el art. 74 de la Ley 8701, y el artículo 197 de la Ley 8706, se faculta incorporar dicha deuda flotante al Presupuesto del Ejercicio 2017, bajo las partidas 74101 “Amortización de Deudas sin Orden de pago” y 74102 “Amortización de Deudas con Orden de Pago”, para lo cual es necesario ajustar por el mismo monto el cálculo de recursos, con el concepto Financiamiento Uso del Crédito a corto plazo, deuda flotante, con y sin Orden de Pago, distribuidos en los...
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