Resolución Nro. 1029 - HABILITACIÓN ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA EN CONTEXTO DE PANDEMIA COVID-19

EmisorDIRECCIÓN DE RECURSOS NATURALES RENOVABLES
Fecha de la disposición17 de Noviembre de 2020

MENDOZA, 17 DE NOVIEMBRE DE 2020

Visto, el Expediente Electrónico N° EX-2020-05497720-GDEMZA-DRNR#SAYOT, en el cual se tramita la habilitación de actividades científicas a campo y teniendo en cuenta la aprobación bajo Resolución Ministerial N° 355/20-SAYOT del protocolo que establece los “Lineamientos generales para el desarrollo de actividades en campo en el marco de investigación científica en el contexto de la pandemia de COVID-19”, y;

CONSIDERANDO:

Que, es necesario disponer las medidas necesarias para materializar el "distanciamiento social, preventivo y obligatorio", estipulado por la normativa nacional, en el ámbito de la Dirección de Recursos Naturales Renovables, conforme lo dispuesto en el Decreto Acuerdo Nº 700/2020.

Que, la Dirección de Recursos Naturales Renovables, dependiente de la Secretaria de Ambiente y Ordenamiento Territorial, es autoridad de aplicación en materia de Fauna, Flora y Áreas Naturales Protegidas en todo el territorio de la Provincia de Mendoza.

Que, la Dirección de Recursos Naturales Renovables es autoridad de aplicación de la Ley Nacional Nº 22.421, Ley Provincial Nº 4602 de adhesión, 7308 modificatoria y Decreto Reglamentario N° 1890/05, Capitulo X en sus Artículos 30° al 37° que establece los lineamientos para regular la caza con fines científicos.

Que, la Dirección de Recursos Naturales Renovables, es la responsable de la administración del recurso ictícola provincial, conforme lo dispone la Ley Provincial Nº 4428/80, siendo la responsable de la aplicación y control de la citada norma.

Que, el Capítulo IX, de la Ley Provincial N° 8195/10, dispone como Autoridad de Aplicación en materia de Bosques Nativos en todo el territorio de la Provincia de Mendoza, a la Dirección de Recursos Naturales Renovables.

Que, la Dirección de Recursos Naturales Renovables es autoridad de aplicación de la Ley Nº 6045, la cual tiene por objeto establecer las normas que regirán las áreas naturales provinciales y sus ambientes silvestres, estableciendo en su Artículo 5° Inciso ñ) “Promover, facilitar y apoyar las investigaciones científicas en cualquiera de sus formas en las Áreas Naturales Protegidas”.

Que, las...

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