Resolucion Nro. 0051
Fecha de disposición | 22 Enero 2018 |
Fecha de publicación | 22 Marzo 2018 |
Sección | VII- AVISOS OFICIALES |
SECRETARÍA DE ESTADO DEL HÁBITAT
RESOLUCION NRO. 0051
Santa Fe, “Cuna de la Constitución”,
12 MAR 2018
VISTO:
El expediente principal Nº 15201-0158004-3 del Sistema de Información de Expedientes, en el cual se tramita el recurso de revocatoria y apelación en subsidio interpuesto por la Sra. Dotta Silvana Laura, contra la resolución de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo (en adelante DPVyU) Nº 3871 del 30 de Octubre del año 2012; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 3871/12 la DPVyU resuelve rechazar el reclamo administrativo previo interpuesto por el Dr. Diego Ariel Orce, por presentar un poder insuficiente en aplicación del art. 10 del Decreto Nº 10204/58 y art. ccdtes. del C.P.C.C.(fs. 73);
Que el referido decisorio fue fehacientemente notificado en fecha 1/11/12, según consta a fs. 75, y en fecha 14/11/12 la Sra. Silvana Laura Dotta se presenta e interpone recurso de revocatoria y apelación en subsidio, con patrocinio letrado, (ver fs. 76/78);
Que previo trámite de ley, mediante resolución de la DPVyU Nº 2797 del 16/08/16 se rechaza el recurso de revocatoria y se concede el de apelación (fs. 84/85) ;
Que radicados los actuados en esta jurisdicción, se corre traslado a los apelantes para que expresen agravios conforme lo dispuesto en el art. 55 del Decreto Nº 4174/15 (ver fs. 96 vta.);
Que la Jefatura de Departamento de la Mesa de Salidas y Entradas de dicha jurisdicción informa que informa que vencido el plazo, no ha habido nuevas presentaciones por parte del interesado (fs. 98);
Que mediante Dictamen Nº 304 – año 2018 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Despacho se estima que la recurrente no cumplió con la carga de expresar agravios pese a estar formalmente notificada para tales fines, por lo que conforme lo dispuestoen el art. 55 del Dec. Nº 4174/15, corresponde declarar desierto el recurso (fs. 99/100);
Que la presente gestión encuadra en los términos de los art. 3 del Dec. 0916/08 que establece: “Delégase en los Ministros y Secretario de Estado la firma de los actos administrativos conclusivos de procedimientos de sustanciación de los recursos de apelación, jerárquico, queja y revocatoria -en este caso interpuestos contra actos del Poder Ejecutivo- deducidos contra actos, hechos u omisiones de la jurisdicción a su...
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