Resolución Normativa Nº 19 de 01 de Marzo de 2010

La Plata, 01 de marzo de 2010.

VISTO que por el expediente Nº 2360-184.427/09 se propicia regular el mecanismo en virtud del cual esta Agencia de Recaudación modificará la cantidad de cuotas establecidas mediante el calendario de vencimientos para el pago del Impuesto Inmobiliario, cuando se produzcan durante el ejercicio en curso modificaciones en la clasificación catastral de los inmuebles o cambios en las características de las parcelas, de conformidad con lo establecido en los artículos 45, 46 y 55 de la Ley Nº 10707 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 147 del Código Fiscal (Ley Nº 10397, T.O. 2004 y sus modificatorias), dispone que el Impuesto Inmobiliario deberá ser pagado anualmente, en una o varias cuotas, en las condiciones y términos que establezca esta Autoridad de Aplicación;

Que la Agencia de Recaudación aprueba anualmente el calendario de vencimientos, estableciendo la posibilidad de pago del Impuesto Inmobiliario en distintas cantidades de cuotas que dependerán, entre otras circunstancias, de la clasificación catastral que corresponda a los inmuebles de conformidad con lo establecido en los artículos 45 y 46 de la Ley Nº 10707 y sus modificatorias, como así también de las características que revistan las parcelas, de acuerdo a lo previsto en el...

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