Resolución Normativa N° 35

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición 1 de Noviembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXIII - Nº 235
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
los Colegios Profesionales que agrupan a los profesionales legitimados
en los términos aludidos precedentemente, a través de los cuales estas
entidades se comprometieron a mantener actualizada la nómina de perso-
nas habilitadas para el ejercicio de las respectivas profesiones en tiempo
real, redundando incluso en una mejora en el control de la legitimación de
los usuarios. 4.-) Que el Registro General ha continuado el desarrollo de
herramientas informáticas y de modalidades “no presenciales” que per-
mitan contribuir a los objetivos aludidos precedentemente, profundizando
la transformación técnica de la repartición, agilizando la prestación de los
servicios, posibilitando mayor celeridad al tráco jurídico inmobiliario y la
optimización de los servicios registrales, siempre en el marco de un ecaz
resguardo de la seguridad documental. 5.-) Que merced a todo ello, el
Registro General de la Provincia se encuentra en condiciones de sumar al
catálogo de servicios bajo esta modalidad “no presencial” a través de Inter-
net, el servicio de expedición de publicidad directa de folios reales cartula-
res digitalizados y folios reales electrónicos, para el titular registral, siendo
este una persona humana, el que se denominará “Reporte de Inmueble.
6.-) Que para utilizar dicho servicio, el titular registral deberá contar con
clave única de “Ciudadano Digital” (CiDi), Nivel de Seguridad 2-Vericado,
en los términos del Anexo I del Decreto N° 1280/2014, además de conocer
y aceptar los términos y condiciones detalladas en el Reglamento que se
aprueba por el presente. 7.-) Que el ingreso a través de “Ciudadano Digital”
(CiDi), Nivel de Seguridad 2, permitirá vericar la identidad del usuario que
realiza la consulta y en su consecuencia la legitimación establecida en el
inc. a) del art. 31 de la Ley 5.771, posibilitando la implementación de un
servicio accesible por todos los ciudadanos para la consulta de los asien-
tos registrales de inmuebles de los que sean titulares dominiales, a través
de Internet, las 24 horas del día, todos los días del año, evitando tras-
lados, intermediaciones y pérdidas de tiempo, realizándose directamente
por parte del interesado legitimado . 8.-) Que esta Dirección General se
encuentra facultada a establecer disposiciones de carácter general, para
la mejor prestación de los servicios registrales (arts. 30, 61 y concs. de la
L.P. 5771). POR TODO ELLO, y lo dispuesto en las normas legales citadas,
la DIRECCIÓN GENERAL del REGISTRO GENERAL de la PROVINCIA,
RESUELVE: Artículo Primero: APROBAR los “TÉRMINOS Y CONDICIO-
NES DE USO DEL SERVICIO VIA INTERNET” para el servicio de expedi-
ción de publicidad directa de folios reales cartulares digitalizados y folios
reales electrónicos por parte del titular registral (persona humana), deno-
minado “Reporte de Inmueble”, el que como Anexo Único forma parte de la
presente. Artículo Segundo: Protocolícese, comuníquese, publíquese en
el Boletín Ocial de la Provincia, dése copia y archívese. -
FIRMADO: AB. CARLOS W. RODRÍGUEZ - DIRECTOR REGISTRAL; AB. MÓNICA
A. FARFÁN - DIRECTORA GENERAL - REGISTRO GENERAL DE LA PROVINCIA.
ANEXO: https://goo.gl/fOTAHP
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Resolución Normativa N° 35
Córdoba, 09 de Noviembre de 2016.-
VISTO:
El Artíc ulo 45 y el Anexo I de la Resolución Normativa Nº 1/2015 y modi-
catorias
(B.O. 02-12-2015);
Y CONSIDERANDO:
QUE el Artículo 45 de la Resolución Normativa Nº 1/2015 y modicatorias
dispone las Jurisdicciones Administrativas de la Dirección General de Rentas a
las cuales los contribuyentes podrán concurrir para la resolución de sus trámi-
tes conforme a su ubicación geográca dispuesta en el Anexo I de la mencio-
nada resolución.
QUE a los nes de administrar correctamente la atención al público poten-
ciando los servicios no presenciales y a la vez aplicando sistemas de trabajo
orientados a optimizar la gestión de la Dirección mediante un uso racional de
sus recursos, es que se dispuso el cierre de las ocinas de las localidades La
Para y Río Primero, ambas dependientes de la Delegación Arroyito y pertene-
cientes a la región San Francisco.
QUE por lo expuesto precedentemente, es necesario la modicación del
ANEXO I – Jurisdicción Administrativa de la Dirección General de Rentas (Art.
4°, 45°, 106°, 134° Y 269° R.N. 1/2015), de la Resolución Normativa N° 1/2015
y modicatorias eliminando las ocinas de las localidades antes mencionadas.
QUE es competencia del Sr. Secretario de Ingresos Públicos ejercer la
Superintendencia General sobre la Dirección General de Rentas y por vía de
avocamiento las funciones establecidas para la misma.
POR TODO ELLO, atento las facultades acordadas por los Artículos 17 y
19 del Código Tributario Provincial, Ley Nº 6006 - T.O. 2015 y su modicato-
ria-;
EL SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS EN SU
CARÁCTER DE SUPERINTENDENTE DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE RENTAS Y POR AVOCAMIENTO
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1°.- SUSTITUIR el ANEXO I – Jurisdicción Administrativa
de la Dirección General de Rentas (Art. 4°, 45°, 106°, 134° Y 269° R.N.
1/2015)” de la Resolución Normativa N° 1/2015 y modicatorias, por el que
se adjunta a la presente.
ARTÍCULO 2°.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín O-
cial, PASE a conocimiento de los Sectores pertinentes y ARCHÍVESE.
FDO: LIC. HEBER FARFÁN - SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS - MINISTE-
RIO DE FINANZAS.-
ANEXO: https://goo.gl/eenqot
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
- LEY Nº 10.074
SANTA ROSA 740 - TEL. (0351) 4342126 / 27
BOE - TEL. (0351) 5243000 INT. 3789 - 3931
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
ATENCIÓN AL PÚBLICO:
LUNES A VIERNES DE 8:00 A 20:00 HS.
SUBDIRECTORA DE JURISDICCIÓN: LILIANA LOPEZ

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