Resolución Normativa N° 30

EmisorDireccion general de rentas
Fecha de la disposición 1 de Septiembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXI - Nº 172
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 2 DE SETIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Que lo solicitado tiene su fundamento en la Disposición Administrativa N°
205 de fecha 2 de Junio de 2016 dictada por la Secretaría General de la
Gobernación en la que dispone el traslado denitivo de la agente MINET-
TO VAZQUEZ, María Victoria D.N.I. N° 32.389.800 al ámbito de la Depen-
dencia Inmediata del Poder Ejecutivo, Fiscalía de Estado.
Que por otra parte y en virtud de lo normado por la Resolución N° 1510/12
del ex Ministerio de Administración y Gestión Pública, por la cual se aprue-
ban nuevos procedimientos y modalidades simplicadas de trámites ad-
ministrativos de mayor relevancia y volumen dentro de la Administración
Pública Provincial, siendo una medida ordenadora y necesaria para lograr
celeridad, economía, sencillez y ecacia en la gestión de los mismos, es
competencia de esta Cartera Ministerial intervenir en dichos trámites con-
forme al Anexo I del referido instrumento legal.
Que en mérito de ello resulta menester adecuar la planta de personal
otorgando una Compensación de Recursos Humanos transriendo un
(1) cargo 16 003 “Administrativo A-3” – desde el Programa 640 (Secreta-
ría de Equidad y Promoción del Empleo) dependiente de la Jurisdicción
1.05 – Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo, hacia el Programa
1 (Fiscalía de Estado) perteneciente a la Jurisdicción 1.01 – Dependencia
Inmediata del Poder Ejecutivo.
Que obran incorporados en autos la conformidad y Visto Bueno de las
autoridades respectivas.
Que este Ministerio resulta competente para consolidar el trámite presu-
puestario en razón de intervenir más de una Jurisdicción.
Que la modicación propuesta encuadra en las disposiciones legales vi-
gentes de acuerdo con los artículos 31 y 110 in ne de la Ley N° 9086.
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas ha mani-
festado su opinión favorable acerca de la factibilidad presupuestaria de la
operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Área Le-
gales de este Ministerio al Nº 576/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º MODIFICAR las asignaciones de Recursos Humanos del Pre-
supuesto General de la Administración Provincial en vigencia, de confor-
midad con el detalle analítico incluido en el Documento Modicación de
Cargo Presupuestario N° 30 de este Ministerio el que como Anexo I con
una (1) foja útil, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección General
de Presupuesto e Inversiones Públicas y a Contaduría General de la Pro-
vincia, infórmese al Tribunal de Cuentas y a la Legislatura, comuníquese,
publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
Anexo: http://goo.gl/zFt6jC
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Resolución Normativa N° 30
Córdoba, 01 de Septiembre de 2016.
VISTO:
El Código Tributario Provincial -Ley N° 6006, T.O. 2015 y su modicatoria- y
la Resolución Normativa N° 1/2015 y modicatorias (B.O. 02-12-2015);
Y CONSIDERANDO:
QUE el Artículo 43 del Código Tributario Provincial establece el Domicilio
Fiscal Electrónico como el sitio informático seguro, personalizado, válido
y optativo registrado por los contribuyentes y responsables para el cum-
plimiento de sus obligaciones scales y para la entrega o recepción de
comunicaciones.
QUE a través de la Resolución Normativa N° 24/2012 (B.O. 19-04-2012),
modicatoria de la RN N° 1/2011 y modicatorias, se incorporaron los Tí-
tulos y Artículos referidos a Domicilio Fiscal Electrónico, en la actualidad
Artículo 25 y subsiguientes de la Resolución Normativa N° 1/2015 y mo-
dicatorias.
QUE por intermedio de la Resolución Normativa N° 87/2013 (B.O. 10-10-
2013) esta Dirección dispuso medidas tendientes a lograr el uso racional y
responsable del papel, la gestión de servicios electrónicos rápidos, eca-
ces y convenientes, y la virtualización gradual de los trámites presenciales
que realiza el ciudadano.
QUE el Artículo 33 de la Resolución Normativa N° 1/2015 y modicatorias
establece las comunicaciones informáticas que podrán cursarse al Domici-
lio Fiscal Electrónico conforme el inciso d) del Artículo 67 del Código Tribu-
tario Provincial -Ley Nº 6006, T.O. 2015 y su modicatoria-, contemplando
en su segundo párrafo situaciones en donde las noticaciones emitidas al
mismo tendrán el carácter de subsidiarias.
QUE en virtud de los avances tecnológicos y con el objetivo de agilizar
procedimientos y así optimizar la relación Fisco - Contribuyente, resulta
conveniente dejar de considerar con carácter subsidiario a aquellas noti-
caciones realizadas al Domicilio Fiscal Electrónico del contribuyente en los
casos de comunicar iniciación de sumarios administrativos por incumpli-
mientos al deber formal de presentación de declaración jurada, como así
también cuando se notiquen actos administrativos que resuelvan com-
pensaciones y/o demandas de repetición previstas en el Código Tributario
Provincial.
QUE es competencia del Sr. Secretario de Ingresos Públicos ejercer la
Superintendencia General sobre la Dirección General de Rentas y por vía
de avocamiento las funciones establecidas para la misma.
POR TODO ELLO, atento las facultades acordadas por los Artículos 17 y
19 del Código Tributario Provincial -Ley Nº 6006, T.O. 2015 y su modica-
toria;
EL SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS EN SU CARÁCTER DE
SUPERINTENDENTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Y POR AVOCAMIENTO
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR la Resolución Normativa Nº 1/2015 y modi-
catorias, publicada en el Boletín Ocial de fecha 02-12-2015, de la siguien-
te manera:
I.- SUSTITUIR el Artículo 33° por el siguiente:
ARTÍCULO 33º.- Podrán noticarse mediante comunicaciones informáti-
cas con rma facsimilar en el Domicilio Fiscal Electrónico, conforme lo dis-
puesto por el inciso d) del Artículo 67 del Código Tributario Provincial -Ley
6006, T.O. 2015 y su modicatoria: Liquidaciones de Deuda Administrativa,

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