Resolución Normativa Nº 29

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición 4 de Agosto de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXX - Nº 154
CORDOBA, (R.A.), MARTES 9 DE AGOSTO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
39/2016, 43/2016, 44/2016 y 47/2016 la Dirección General de Compras y
Contrataciones aprobó el nuevo catálogo de bienes y servicios de la Admi-
nistración Pública Provincial y denió los bienes subastables.
Que siendo la subasta electrónica un procedimiento tendiente a mejo-
rar la calidad de la gestión pública provincial, que procura primar los prin-
cipios de transparencia, sustentabilidad y eciencia, resulta necesario y
oportuno incorporar nuevos bienes y servicios subastables.
Por ello, y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos
Legales de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministe-
rio de Finanzas mediante Dictamen N° 50 /2016.
LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DEL MINISTERIO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1° DISPÓNESE que también podrán adquirirse por el proce-
dimiento de selección de subasta electrónica, los bienes que como Anexo
I se detallan en la presente.
Artículo 2° MODIFÍQUESE en el detalle de bienes de la Resolución
N° 22/016 de esta Dirección General de Compras y Contrataciones, donde
dice: “7011170003 – SERVICIOS DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE
ESPACIOS VERDES”; debe decir “7011170014 – SERVICIOS DE LIMPIE-
ZA Y MANTENIMIENTO DE ESPACIOS VERDES”.
Artículo 3° PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO.: CRA. MA. GIMENA DOMENELLA – DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS
Y CONTRATACIONES
ANEXO: http://goo.gl/NfspUC
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Resolución Normativa N° 29
Córdoba, 04 de Agosto de 2016.-
VISTO: El Decreto Nº 602/2016 de fecha 23-05-2016, la Resolución
Ministerial N° 250/2016 (B.O. 02-08-2016), y la Resolución Normativa Nº
1/2015 (B.O. 02-12-2015) y modicatorias;
Y CONSIDERANDO:
QUE mediante el Decreto Nº 602/2016 se dispuso un Plan de Facili-
dades para las deudas provenientes de infracciones a la Ley Provincial de
Tránsito Nº 8560 -Texto ordenado Ley Nº 9169/2004 y sus modicatorias,
cualquiera sea la instancia de cobro, estableciendo los benecios a gozar
por los Pagos en función a la modalidad y oportunidad de cancelación de
la deuda.
QUE dicho Decreto tenia vigencia hasta el 29 de Julio de 2016, pero
por la Resolución Ministerial citada se ha prorrogado dicha vigencia hasta
el 03 de Octubre de 2016 en virtud de la facultad otorgada por el Artículo
17 del Decreto N° 602/2016.
QUE es preciso ajustar la Resolución Normativa Nº 1/2015 y modica-
torias en cuanto a la vigencia del mencionado Régimen de Regularización.
QUE es competencia del Sr. Secretario de Ingresos Públicos ejercer la
Superintendencia General sobre la Dirección General de Rentas y por vía
de avocamiento las funciones establecidas para la misma.
POR ELLO, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 17 y 19 del Código
Tributario Provincial vigente, Ley Nº 6006 - T.O. 2015 y modicatoria y el
Artículo 19° del Decreto N° 602/2016;
EL SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS EN SU CARÁCTER DE
SUPERINTENDENTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL
DE RENTAS Y POR AVOCAMIENTO
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- SUSTITUIR el Artículo 200° (1) la Resolución Norma-
tiva Nº 1/2015 y modicatorias, publicada en el Boletín Ocial de fecha
02-12-2015, por el siguiente:
ARTÍCULO 200° (1).- Los Responsables (personas – represen-
tantes legales y/o propietarios de/los vehículos) y entes (persona
jurídicas) conforme el Articulo 113° y siguientes del Titulo IX de la
Ley 8560 (T.O.) que adeuden al Fisco Montos originados por Multas
rmes y no rmes de la Policía Caminera que se encuentren en
cualquier instancia de cobro podrán acceder al Régimen de Facili-
dades de Pago previsto por el Decreto Provincial N° 602/2016 para
la cancelación de dichos Montos hasta la fecha que establezca la
Resolución Ministerial pertinente.”
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN
OFICIAL, PASE a conocimiento de los Sectores pertinentes y ARCHÍVE-
SE.
FDO: LIC. HEBER FARFÁN, SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución Normativa N° 28
Córdoba, 04 de Agosto de 2016.-
VISTO: El Código Tributario Provincial –Ley N° 6006, T.O. 2015 y modicatoria–, el Decreto N° 1205/2015 (B.O. 11-11-2015), las Resoluciones de la Secretaría
de Ingresos Públicos N° 29/2015 (B.O. 02-12-2015), sus modicatorias y/o complementarias y en especial la N° 31/2016 (B.O. 28-07-2016) y la Resolución Norma-
tiva N° 1/2015 y modicatorias (B.O. 02-12-2015);

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