Resolucion N° 17/2014 - Serie 'S'

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición29 de Julio de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCIV - Nº 123 CÓRDOBA, 30 de julio de 20148
Resolucion N° 17/2014 - Serie “S”
Córdoba, 29 de julio de 2014.-
VISTO: El llamado a Licitación Pública Nº 03/2014 referida a la
adquisición de elementos informáticos.
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 016/2014 Serie “S” de esta Secretaría
de fecha 14 de julio de 2014, se efectuó el llamado a Licitación
Pública Nº 03/2014 con el objeto de referencia, aprobando los
pliegos de esta Licitación en su dispositivo segundo.
Que a fs. 39 a 47 obran las constancias de publicación durante
tres días hábiles en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Portal
Web Oficial de Compras y Contrataciones de la Provincia de
Córdoba y a fs.48 a 50 y 52, constancias de invitaciones
formuladas a empresas proveedoras del rubro.
Que conforme surge a fs. 53, al menos un posible oferente ha
adquirido los pliegos de referencia.
Que por la nota aclaratoria de fs. 55 la firma adquirente solicita:
“…que vuestra institución confirme la posibilidad de poder cotizar
en moneda extranjera para las ofertas que contemplen productos
a importar y que se contemple el ajuste contable por variación de
cotización de moneda extrajera que en más o menos se pueda
producir al momento del efectivo pago”.
Que a fs. 89 la Dirección de Administración y Personal en virtud
de nota aclaratoria de un adquirente (fs. 55) y copias de pliegos
de otras jurisdicciones (fs. 56 a 88) -valorados como
antecedentes- en relación con una modificación sustancial en las
condiciones de contratación que induciría a una mayor
participación de firmas del rubro, aconseja dejar sin efecto la
presente y efectuar un nuevo procedimiento de selección.
Que considerando los nuevos antecedentes aportados y los
pliegos de la presente licitación, se advierte que el cambio solicitado
por el adquirente y que coincide con los pliegos de otras
jurisdicciones, reside fundamentalmente en la forma de pago, lo
que representa una alteración sustancial en el pliego de
condiciones particulares aprobado por Resolución Nº 016/2014
y que forman parte del llamado a esta licitación pública, que no
puede ser satisfecha por medio de una nota aclaratoria, puesto
que dicha variación implica una modificación de dicho pliego, el
cual es estimado por la doctrina como que reviste la forma jurídica
de un “acto administrativo” (conf. DROMI, José Roberto, La
Licitación Pública, Ed. Astrea, Buenos Aires, Año 1977, Pág.
205).
Que subsumido el caso fáctico, a la luz de la regla de estabilidad
de los pliegos, que impide a la Administración alterarlos,
modificarlos o rectificarlos después del llamado al procedimiento
de selección, y las excepciones de modificación de los pliegos
con posterioridad al llamado y hasta antes de la adjudicación, y
valorando que la modificación de los pliegos importa un nuevo
llamado a licitación (conf. DROMI, José Roberto, La Licitación
Pública, Ed. Astrea, Buenos Aires, Año 1977, pág. 207) y que el
cambio a realizar potencialmente implica garantizar una mayor
oposición y libre concurrencia de oferentes e igualdad de
posibilidades para interesados y posibles oferentes, resulta
oportuno y conveniente, dejar sin efecto esta licitación pública y
efectuar oportunamente un nuevo procedimiento con pliegos que
contemplen los cambios precedentemente apuntados (art. 27
inc. a de la ley 10.155.)
Que en idéntico sentido aconseja la Dirección de Asuntos Le-
gales en Dictamen Nº 039 de fecha 29 de julio de 2014.
Por todo ello y lo previsto en la Ley Nº 10.155 y su Decreto
Reglamentario Nº 305/2014.
LA SECRETARIA ADMINISTRATIVA DE LA
LEGISLATURA DE PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE:
Artículo 1º.- DEJAR sin efecto la Licitación Pública Nº 03/2014
dispuesta por Resolución N° 016/2014 Serie “S” de la Secretaría
Administrativa de fecha 14 de Julio de 2014, en virtud de las
consideraciones de hecho y derecho precedentes y lo dispuesto
por el art. 27 inc. a) de la Ley Nº 10.155, su Decreto
Reglamentario Nº 305/14 y el Reglamento Interno de la
Legislatura Provincial.
Artículo 2º.- DESAFECTAR las Notas de Pedido Nº 2014/
000041, 2014/000042, 2014/000043 y 2014/000044, mediante
los documentos de contabilidad correspondientes.
Artículo 3º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, notifíquese a los
interesados que hubieren adquirido pliegos y archívese.-
CRA. ROSANA G. RODRIGUEZ
SECRETARIA ADMINISTRATIVA
PODER LEGISLATIVO
PODER
LEGISLATIVO
Resolución N° 123
Córdoba, 20 de Marzo de 2014
VISTO: Que en el Expediente N° 0673-183963/2013 la Empresa CIUDAD DE CORDOBA
S.A.C.I.F., solicita aprobación de horarios para prestar en el Servicio Regular del corredor CORDOBA
- JUAREZ CELMAN y viceversa.
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 23 la Oficina de Infraestructura del Transporte informa que la diagramación propuesta por
la permisionaria no altera el permiso de explotación que posee la misma, con el objeto de adecuar
los horarios a cumplir con carácter de UNIFORMES, por lo que se aconseja su aprobación,
debiendo quedar sujeta a las modificaciones que eventuales reclamos las justifiquen.
Que a fs. 24 la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión comparte lo expresado por
dicha Oficina, aconsejando se dicte el acto administrativo pertinente.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección General de Operaciones a fs. 26 bajo el N° 085/2014 y
atento a las facultades conferidas por el Artículo 40, inciso f) de la Ley N° 8669 y normativa legal
vigente, en uso de sus atribuciones,
EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR a la Empresa CIUDAD DE CORDOBA S.A.C.I.F. para prestar con
carácter de UNIFORMES los horarios diagramados a fs. 12, 13, 14 y 15 de autos, en el Servicio
Regular del corredor CORDOBA - JUAREZ CELMAN y viceversa, quedando sujetos a las
modificaciones que eventuales reclamos las justifiquen.
ARTÍCULO 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese,
dése copia al Ente Regulador de Servicios Públicos, pase a la Oficina de Infraestructura y archívese.
MARCELO D. MANSILLA
DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_16_r123.pdf
Resolución N° 124 Córdoba, 26 de Marzo de 2014
VISTO: Que en el Expediente N° 0673-183972/2013 la Empresa SARMIENTO S.R.L., solicita
aprobación de horarios para prestar en el Servicio Regular Común del corredor CORDOBA - ALTA
GRACIA por Ruta C45 y Colectora, y viceversa.
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 15 la Oficina de Infraestructura del Transporte informa que la diagramación propuesta por
la permisionaria no altera el permiso de explotación que posee la misma, con el objeto de adecuar
los horarios a cumplir con carácter de UNIFORMES, por lo que se aconseja su aprobación,
debiendo quedar sujeta a las modificaciones que eventuales reclamos las justifiquen.
Que a fs. 16 la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión comparte lo expresado por
dicha Oficina, aconsejando se dicte el acto administrativo pertinente.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección General de Operaciones a fs. 17 bajo el N° 094/2014 y
atento a las facultades conferidas por el Artículo 40, inciso f) de la Ley N° 8669 y normativa legal
vigente, en uso de sus atribuciones,
EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR a la Empresa SARMIENTO S.R.L. para prestar con carácter de
UNIFORMES los horarios diagramados a fs. 8, 9, 12 y 13 de autos, en el Servicio Regular Común
del corredor CORDOBA - ALTA GRACIA por Ruta C45 y Colectora y viceversa, quedando sujetos
a las modificaciones que eventuales reclamos las justifiquen.
ARTÍCULO 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese,
dése copia al Ente Regulador de Servicios Públicos, pase a la Oficina de Infraestructura y
archívese.
MARCELO D. MANSILLA
DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_16_r124.pdf

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