RESOLUCION N° 38.480 DEL 18 JUL. 2014

Fecha de la disposición24 de Julio de 2014



MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION

RESOLUCION N° 38.480 DEL 18 JUL. 2014

EXPEDIENTE N° 58.118. VERIFICACION ESTADOS CONTABLES AL 30/09/12 DE AGROSALTA COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA.

SINTESIS:

VISTO... Y CONSIDERANDO…

EL SUPERINTENDENTE

DE SEGUROS DE LA NACION

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Prohibir a AGROSALTA COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA realizar actos de disposición respecto de sus inversiones, a cuyos efectos se dispone su INHIBICION GENERAL DE BIENES, debiéndose oficiar a las instituciones que corresponda, en la inteligencia de su debida toma de razón.

ARTICULO 2°

— La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de la medida adoptada a través de la presente Resolución.

ARTICULO 3°

— Se deja constancia de que la presente Resolución es recurrible en los términos de los Artículos 83 y 86 de la Ley N° 20.091 al solo efecto devolutivo.

ARTICULO 4°

— Regístrese, notifíquese por la Gerencia de Inspección con vista de todo lo actuado y publíquese en el Boletín Oficial. — Lic. JUAN ANTONIO BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en la Mesa de Entradas de la Superintendencia de Seguros de la Nación, sita en Av. Julio A. Roca N° 721 - PB de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

e...

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