Resolucion N° 625

EmisorSecretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable
Fecha de la disposición16 de Diciembre de 2013

RESOLUCION N° 625

Mendoza, 16 de diciembre de 2013

Visto lo actuado en expediente N° 56-S-2013-18007, en el cual obran los antecedentes relacionados con el Estudio Ambiental del proyecto denominado: "Ruta Nacional N° 40: Tramo El Sosneado -Pareditas- Sección II: Prog. 71.900 - Prog. 139.709", a construirse entre los Departamentos de San Carlos y San Rafael, propuesto por la Dirección Nacional de Vialidad, a fin de ser sometido al Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental; y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 212/214 del expediente de referencia obra copia de la Resolución N° 268/2013, que autorizó el Inicio del Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Manifestación General de Impacto Ambiental del proyecto de referencia y designó a la Dirección de Protección Ambiental, de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable como organismo responsable para efectuar el seguimiento y fiscalización de dicho procedimiento.

Que por la antedicha resolución se designó a la Maestría en Ingeniería Ambiental de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, como organismo responsable para la elaboración del Dictamen Técnico, establecido en el Artículo 16° del Decreto Reglamentario N° 2109/1994 y a las Direcciones de: Desarrollo Territorial, de Protección Ambiental, de Recursos Naturales Renovables, Hidráulica, Provincial de Vialidad, Patrimonio Cultural, al Departamento General de Irrigación y a las Municipalidades de San Carlos y San Rafael como organismos encargados de la realización de los Dictámenes Sectoriales, según se establece en el Artículo 17° del Decreto N° 2109/1994 de la Ley N° 5961.

Que a fojas 223/235 obra Dictamen Técnico elaborado por el organismo mencionado en el párrafo anterior, que los informes de los organismos responsables de emitir los Dictámenes Sectoriales, obran a fojas 246/262 y 268/275, que a fojas 266/267 obran notas de pedido reiteración de Dictámenes Sectoriales que a la fecha aun no han sido presentados por el Ministerio de Cultura y el Departamento General de Irrigación.

Que según lo establecido en los Artículos 31 de la Ley N° 5961, 18 del Decreto N° 2109/1994 y 7 de la Resolución N° 109-AOP-1996, la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable deberá convocar a Audiencia Pública a las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas potencialmente afectadas por la realización...

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