Resolución Nº 108-i-2010

EmisorInstituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria Mendoza
Fecha de la disposición12 de Abril de 2010

RESOLUCIÓN Nº 108-I-2010

Mendoza, 12 de abril de 2010

Visto el expediente Nº 170-I-10-02627, en el cual se tramita la modificación al actual organigrama funcional y manual de funciones del Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria Mendoza (ISCAMen), establecido por Resoluciones Nros. 442-I-08 y 220-I-09, y

CONSIDERANDO:

Que en el marco de las competencias que el ISCAMen tiene asignadas en virtud de la Ley Nº 6333, Decreto Nº 1508/96 y sus modificatorias y demás normas complementarias, resulta necesario modificar la estructura orgánico-funcional de este Instituto, con el fin de adaptarla a los nuevos lineamientos que esta Presidencia ha diagramado para un mejor desarrollo de las actividades del Instituto;

Que en función de las nuevas metas propuestas se modifica el desarrollo de las distintas actividades con el fin de optimizar su funcionamiento, teniendo en cuenta que debe incorporarse nuevas áreas, lo que conlleva a adecuar el organigrama de manera tal que contenga estas modificaciones y en pleno cumplimiento de las funciones que por ley le han sido asignadas;

Que se considera conveniente crear la "Secretaria Administrativa", con dependencia directa de Presidencia. Ello a los fines de que la misma se ocupe específicamente de supervisar, coordinar, y controlar todo lo inherente a las áreas a su cargo;

Que resulta necesaria la creación de "Asesoría Jurídica de Presidencia", para asesorar al Presidente en todos los temas que sean sometidos a su consideración de índole administrativa y jurídica, como asimismo supervisar la totalidad del despacho en forma previa a la de la mencionada autoridad, controlando la legalidad de los procedimientos;

Que ante la necesidad de contar en la institución con información actualizada sobre los mercados internacionales de productos agroalimentarios y la normativa aplicable para el ingreso de nuestros productos , es necesario crear dentro del organigrama funcional la unidad "Temas Cuarentenarios" que dependerá directamente de Presidencia.

Que resulta necesario crear una nueva área denominada "Bio-Planta", con una total relación con el "Programa Erradicación de la Mosca del Mediterráneo", atento la dependencia operativa de ambas áreas;

Que esta necesidad surge del crecimiento que el área producción de mosca ha tenido a partir de su creación;

Que las instalaciones edilicias con que se cuenta en la actualidad, brindan la posibilidades de llevar a cabo programas de lucha contra otras plagas;

Que a los fines de un mejor funcionamiento de las actividades administrativas diarias referidas a gestión contable de la Institución, es necesaria la creación de la siguiente área de apoyo "Gestión Contable y Financiera";

Que resulta necesaria la creación del programa "Control y Erradicación de Lobesia Botrana", ello debido a perdida del Status cuarentenario de dicha plaga en la Republica Argentina, y siendo la Provincia de Mendoza el lugar de ingreso de la misma;

Que además es necesario por razones operativas, debido al incremento de la actividad, separar el área "Mantenimiento y Movilidad" en dos áreas diferentes las que se denominarían "Transporte y Movilidad", y "Mantenimiento" cuyas funciones se detallan en el Anexo II de la presente Resolución.

Que ambas áreas citadas preceden-temente, dependerán de la "Secretaria Administrativa". La separación, del área en dos, responde a la necesidad de contar con un área encargada de todo lo referido a Movilidad y Transporte, que unifique la dualidad que actualmente se produce entre lo que es transporte de personas y lo directamente relacionado a los medios de movilidad para ISCAMen- Sede Central; debiendo asimismo el área "Mantenimiento" ocuparse de centralizar todas las tareas inherentes al sector, comprendiendo a la totalidad del Instituto, incluidas las delegaciones;

Que por razones funcionales, resulta conveniente separar el sector "Recursos humanos, Seguridad e Higiene" en dos áreas diferentes: "Recursos Humanos" con dependencia directa de Presidencia, e "Higiene y Seguridad", con dependencia directa de la "Secretaría Administrativa". Dicha modificación tiene origen en la especificidad de las tareas y funciones que lleva a cabo cada una de estas áreas;

Que es necesario modificar la dependencia de la unidad "Formulación, Evaluación y Seguimiento de Proyectos", actualmente dependiente de Presidencia, para que pase a actuar relacionada directamente con "Secretaría Técnica";

Que se considera procedente modificar la denominación y funciones de área "Gestión de la Calidad" denominándose en adelante "Gestión de la Calidad Interna", la cual dependerá de la Secretaría Técnica;

Que resulta necesaria la creación de la "Agencia de Calidad Agroalimentaria", en virtud se considerarse de importancia estratégica garantizar la seguridad, calidad e inocuidad del sector agroalimentario, la cual dependerá directamente de Presidencia;

Que para un mejor mantenimiento y conservación de la documentación institucional (Resoluciones de Presidencia, estudios, investigaciones, entre otros) originada en el Instituto, y demás documentación de trámite administrativo, antecedentes de personal, de la administración contable y financiera, etc. es necesario el establecimiento de un sector a denominar "Archivo", con la finalidad de lograr un más rápido acceso a la información y documentación, la conservación adecuada y la eliminación del material de carácter obsoleto, conforme lo establezca la normativa vigente;

Que las nuevas áreas aquí expresamente mencionadas ("Secretaría Administrativa", "Asesoría Jurídica de Presidencia", "Temas Cuarentenarios", "Bio- Planta", "Control y Erradicación de Lobesia Botrana", "Agencia de Calidad Agroalimentaria", "Gestión Contable y Financiera", "Transporte y Movilidad", "Mantenimiento", "Recursos Humanos", "Higiene y Seguridad", "Gestión de la Calidad Interna", "Agencia de Calidad Agroalimentaria" y "Archivo"), tendrán a su cargo las funciones detalladas en el Anexo II (Manual de Funciones) que forma parte de la presente resolución;

Que por razones estructurales y organizativas es necesario modificar la dependencia, y/o denominación de algunas áreas tales como "Formulación, evaluación y seguimiento de proyectos" (la cual cambia de dependencia); "Secretaría Administrativa" (creada mediante resolución N° 442-I-08), la cual cambia de denominación pasando a llamarse "Documentación y Trámite"; "Almacén" (dicha área cambia de dependencia); "Compras y Suministros", área que cambia su dependencia, como asimismo su denominación, pasando a llamarse "Compras y Contrataciones"; y "Cómputos" cambiando de denominación, que se denominará "Recursos Informáticos";

Que se deberán suprimir los sectores "Administración", ya que las funciones contables y financieras que llevaba a cabo éste, serán ejercidas por la nueva área creada por la presente resolución, denominada "Gestión Contable y Financiera"; suprimiéndose también el área de "Producción de Mosca", debido a la creación mediante la presente Resolución del área "Bio-Planta".

Por ello, conforme con lo dictaminado por Asesoría Legal y las competencias establecidas en virtud de lo dispuesto por los Artículos 27º Inc. e) de la Ley Nº 6333 y 22º Inc. a) y 23º Incs. a) y g) y la última parte de este artículo del Decreto Nº1508/96 y mod. y Decreto Nº 2954/09.

EL PRESIDENTE

DEL INSTITUTO DE SANIDAD

Y CALIDAD AGROPECUARIA MENDOZA (ISCAMen)

RESUELVE:

Artículo 1º

Modifíquese el "Organigrama Funcional" del Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria Mendoza (I.S.C.A.Men) establecido por Resolución Nº 442-I-2008 y 220-I-.

09 y establézcase a partir de la fecha de publicación de esta resolución el que como Anexo I forma parte de la presente resolución.

Artículo 2º

Modifíquese el "Manual de Funciones" del Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria Mendoza (I.S.C.A.Men) aprobado en último término por las Resoluciones Nros. 442-I-08 y 220-I-09, conforme se indica en el Anexo II que forma parte de la presente resolución y establézcase su vigencia a partir de la fecha de publicación de esta resolución.

Artículo 3°

Créense las siguientes Áreas:

  1. "Secretaría Administrativa" que dependerá directamente de Presidencia.

  2. "Asesoría Legal de Presidencia" dependiente directamente de Presidencia.

  3. "Temas Cuarentenarios" que dependerá directamente de Presidencia.

  4. "Bio-Planta", que dependerá directamente de Presidencia.

  5. "Gestión Contable y Financiera", dependiente de Presidencia.

  6. "Archivo" dependiente de la Secretaria Administrativa.

  7. "Control y Erradicación de Lobesia Botrana" dependiente de Presidencia.

  8. "Agencia de Calidad Agroalimentaria" dependiente de Presidencia.

Las áreas mencionadas tendrán a su cargo las Funciones detalladas en el Anexo II (Manual de Funciones) de la presente resolución.

Artículo 4°

Modifíquense la estructura y denominaciones de las siguientes áreas:

  1. "Mantenimiento y Movilidad", pasará a conformar los sectores de "Movilidad y Transporte" y "Mantenimiento", dependiendo dichas áreas de la Secretaria Administrativa.

  2. "Recursos Humanos, Higiene y Seguridad" en "Recursos Humanos", dependiendo directamente de Presidencia; e "Higiene y Seguridad" dependiendo de la Secretaría Administrativa.

Las áreas mencionadas en el presente artículo, tendrán a su cargo las Funciones detalladas en el Anexo II (Manual de Funciones) de la presente resolución.

Artículo 5°

Modifíquense la denominación y/o dependencia de las siguientes áreas:

  1. "Formulación, Evaluación y Seguimiento de proyectos" que dependerá directamente de Secretaría Técnica.

  2. "Secretaría Administrativa" (creada según resolución 442-I-08), reemplazándose la denominación por "Documentación y Trámite", pasando a depender de la Secretaría Administrativa (creada por la presente resolución). Las funciones y...

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