Resolución Nº 1457/2013

Fecha de disposición26 Marzo 2013
Fecha de publicación09 Abril 2013
SecciónResoluciones

Bs. As., 26/3/2013

VISTO los Decretos 366/12-PEN y Nº 2710/12-PEN, la Resolución Nº 1200/12-SSSalud y la Disposición Nº 3/2012-GG/SSSalud y el Expediente Nº 228718/2013-SSSalud, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 366/12-PEN, se transfiere a la órbita de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES, la que actuará a través de la Gerencia General de este Organismo.

Que por Disposición Nº 3/12-GG/SSSalud, se crea la UNIDAD RESIDUAL DE LA ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES, cuyos objetivos y funciones son evaluar, controlar y dar curso de ejecución, como principio general, a todas las actuaciones administrativas que se encuentran en trámite y que hayan sido ingresadas a la APE hasta el día 31/12/2011.

Que tal decisión se adopta frente a la cantidad de expedientes pendientes de tramitación y con la finalidad de regularizar la situación, en procura de evitar dilaciones en perjuicio de los Agentes del Seguro de Salud y de los beneficiarios del Sistema.

Que a efectos de brindar asistencia profesional y de soporte técnico-informático, con el fin de procesar los expedientes de la UNIDAD RESIDUAL APE, se firman Acuerdos de Colaboración con la FACULTAD DE MEDICINA de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE BUENOS AIRES y el INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS, respectivamente.

Que ante la necesidad de reformular el Sistema de Reintegros se crea, por Resolución Nº 1200/12-SSSalud el SISTEMA UNICO DE REINTEGRO (S.U.R.) para la implementación y administración de los fondos destinados a apoyar financieramente a los Agentes del Seguro de Salud, para el reconocimiento de las prestaciones médicas de baja incidencia y alto impacto económico y las de tratamiento prolongado; como así, por prestaciones básicas conforme Resolución Nº 1511/12-SSSalud.

Que la Resolución Nº 1200/12-SSSalud establece en su artículo 9°, que tendrá vigencia para los reintegros de las prácticas realizadas a partir de su publicación.

Que la citada norma se publica en el Boletín Oficial con fecha 03/10/2012.

Que lo expuesto evidencia que hay actuaciones administrativas, que por la cronología de las circunstancias reseñadas, no se encuentran comprendidas en la UNIDAD RESIDUAL DE LA ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES, ni alcanzadas por la normativa que crea el SISTEMA UNICO DE REINTEGRO (S.U.R.).

Que paralelamente, por Decreto Nº 2710/12-PEN se aprueba la nueva estructura organizativa del primer...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR