Resolución Nº 14/2013

Fecha de disposición07 Enero 2013
Fecha de publicación28 Febrero 2013
SecciónResoluciones

Bs. As., 7/1/2013

VISTO el Expediente Nº 1.517.942/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.517.942/12, obra el Acuerdo celebrado entre la UNION OBRERA MOLINERA ARGENTINA (U.O.M.A.) por la parte sindical y el CENTRO DE EMPRESAS PROCESADORAS AVICOLAS (CEPA) por el sector empresarial, ratificado a fojas 31 y 32, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del presente, las partes establecen la escala de remuneraciones básicas de los trabajadores comprendidos en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 66/89 Rama Avícola y el incremento del Premio por Asistencia y Puntualidad conforme las prescripciones y demás consideraciones que obran en el texto al cual se remite.

Que las partes han convenido que la vigencia del Acuerdo opera a partir del día 1 de Junio de 2012.

Que los agentes negociales se encuentran legitimados para alcanzar el Acuerdo traído a estudio, conforme surge de los antecedentes acompañados.

Que las partes han acreditado su personería y las facultades de negociar colectivamente.

Que el ámbito de aplicación del presente, se corresponde con la actividad representada por la entidad empresaria signataria, y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Acuerdo, se procederá a girar los obrados a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope lndemnizatorio, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR