Resolución Nº 2951/2012

Fecha de disposición28 Diciembre 2012
Fecha de publicación21 Enero 2013
SecciónResoluciones

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº S04:0039481/2012 del registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias, establece en los incisos 1 y 21 del artículo 22 que el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS entiende en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia.

Que entre dichos objetivos institucionales se encuentra el de facilitar a la población el acceso a la justicia promoviendo la igualdad en el tratamiento de los habitantes, como así también la formulación y aplicación de políticas y programas de promoción y fortalecimiento de los derechos fundamentales.

Que en el marco de las políticas públicas de este “MINISTERIO”, el acceso a la justicia trasciende la noción de acceso a la jurisdicción, comprendiendo además a los métodos alternativos de resolución de conflictos.

Que, en tal sentido, el Decreto Nº 1486 del 23 de setiembre de 2011 dispone que la DIRECCION NACIONAL DE MEDIACION Y METODOS PARTICIPATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS, dependiente de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL, tiene la responsabilidad primaria de dirigir, desarrollar y promover programas de métodos participativos para la prevención y solución de disputas, así como también la de proponer la convocatoria u organización de seminarios, cursos, conferencias, reuniones nacionales e internacionales para profundizar los estudios sobre métodos de participación en la prevención y resolución de conflictos.

Que en cumplimiento de esa tarea la Dirección Nacional promueve y ejecuta diversas acciones en todo el país, tendientes a la formación y capacitación en métodos participativos, gestión de conflictos y reducción de la violencia, y al desarrollo de la mediación como una instancia eficaz, ágil y altamente constructiva para su solución, tanto en el ámbito comunitario como escolar.

Que, asimismo, con el objeto de difundir y replicar la experiencia obtenida en los Centros de Mediación del Ministerio, desde la Dirección Nacional mencionada se asiste técnicamente a las distintas jurisdicciones del país para la organización y desarrollo de sus propios Centros de Mediación con especial atención a las particularidades locales, y se promueve la capacitación en mediación escolar.

Que por Resolución M.J. y D.H. Nº 1404 del 23 de julio de 2012 se creó en el ámbito de la mencionada Dirección Nacional la RED FEDERAL DE CENTROS DE MEDIACION COMUNITARIA y la RED FEDERAL DE FORMACION EN MEDIACION ESCOLAR, con el objeto de contar con canales de comunicación permanentes y con información de cada jurisdicción, de sus conflictos y resultados de abordaje a través de la mediación.

Que a tales fines resulta necesario establecer un nexo entre las entidades mencionadas y el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, a través de la suscripción de Convenios Marcos de Cooperación y Asistencia Técnica recíproca.

Que por lo expuesto resulta oportuno aprobar los Modelos de Convenios Marcos, que como Anexos forman parte integrante de la presente, a fin de sistematizar las acciones desarrolladas precedentemente, permitiendo de esta manera dotar a la Dirección Nacional de una vía institucional de comunicación que le permita acceder a la información propia de cada jurisdicción, para contribuir al fortalecimiento y difusión de las políticas públicas que lleva adelante este Ministerio logrando una visión federal del impacto que las mismas producen.

Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCION NACIONAL DE MEDIACION Y METODOS PARTICIPATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 4°, inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO

DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Apruébanse los Modelos de CONVENIO MARCO DE COOPERACION Y ASISTENCIA TECNICA que como Anexos I, II y III integran la presente Resolución.

ARTICULO 2°

— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JULIO C. ALAK, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

ANEXO I

CONVENIO MARCO DE COOPERACION Y ASISTENCIA TECNICA ENTRE EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Y “……………”

En la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a los…….. días del mes de ………. de 2012, por una parte, el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, en adelante “EL MINISTERIO”, con domicilio legal en Sarmiento 329 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, representado por el titular de esa cartera Ministerial, y por la otra parte la “NOMBRE DE LA INSTITUCION”, en adelante “………….”, con domicilio legal en……., representada por el señor ………., y teniendo en cuenta:

Que la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias establece en los incisos 1 y 21 del artículo 22 que el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS entiende en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia.

Que entre dichos objetivos institucionales se encuentra el de facilitar a la población el acceso a la justicia promoviendo la igualdad en el tratamiento de los habitantes, como así también la formulación y aplicación de políticas y programas de promoción y fortalecimiento de los derechos fundamentales.

Que en el marco de las políticas públicas de “EL MINISTERIO”, el acceso a la justicia trasciende la noción de acceso a la jurisdicción, comprendiendo además a los métodos alternativos de resolución de conflictos.

Que, en tal sentido, el Decreto Nº 1486 del 23 de setiembre de 2011 dispone que la DIRECCION NACIONAL DE MEDIACION Y METODOS PARTICIPATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS, dependiente de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL, tiene la responsabilidad primaria de dirigir, desarrollar y promover programas de métodos participativos para la prevención y solución de disputas, así como también la de proponer la convocatoria u organización de seminarios, cursos, conferencias, reuniones nacionales e internacionales para profundizar los estudios sobre métodos de participación en la prevención y resolución de conflictos.

Que en cumplimiento de esa tarea la Dirección Nacional promueve y ejecuta diversas acciones en todo el país, tendientes a la formación y capacitación en métodos participativos y gestión de conflictos, y al desarrollo de la mediación como una instancia eficaz, ágil y altamente constructiva para su solución, tanto en el ámbito comunitario como escolar.

Que, asimismo, con el objeto de difundir y replicar la experiencia obtenida en los Centros de Mediación de “EL MINISTERIO”, la Dirección Nacional brinda asistencia técnica a las distintas jurisdicciones del país para la organización y puesta en funcionamiento de sus propios Centros, con especial atención a las particularidades locales.

Que por Resolución M.J. y D.H. Nº 1404 del 23 de julio de 2012 se creó en el ámbito de la mencionada Dirección Nacional la RED FEDERAL DE CENTROS DE MEDIACION COMUNITARIA, con el objeto tanto de conocer, compartir y enriquecer las experiencias de las diferentes comunidades en la implementación de los métodos de resolución de conflictos y potenciar su trabajo, como de generar canales de comunicación permanente con información actualizada de las diversas jurisdicciones.

Que por lo expuesto las partes acuerdan suscribir el presente Convenio sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:

PRIMERA: El presente Convenio Marco tendrá por objeto la cooperación y asistencia entre los firmantes a los efectos de:

  1. Programar y desarrollar actividades y proyectos conjuntos de capacitación tendientes a la implementación, promoción y difusión de los métodos participativos de resolución de conflictos en el ámbito comunitario, con miras a la profundización del acceso a la justicia;

  2. Promover la participación de “……”, en las políticas establecidas por la DIRECCION NACIONAL DE MEDIACION Y METODOS PARTICIPATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS de “EL MINISTERIO”;

  3. Coadyuvar a la organización e implementación de un Centro de Mediación Comunitaria, que integrará la RED FEDERAL DE CENTROS DE MEDIACION COMUNITARIA de “EL MINISTERIO”;

  4. Facilitar el intercambio de información entre las Partes en materia de mediación comunitaria y métodos alternativos de resolución de conflictos;

  5. Fomentar la realización de trabajos de campo, estudios, trabajos de investigación, y toda otra actividad tendientes a la consecución del presente Convenio.

    SEGUNDA: A los efectos de la concreción del objeto contenido en la cláusula precedente, “EL MINISTERIO”, a través de la DIRECCION NACIONAL DE MEDIACION Y METODOS PARTICIPATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS se compromete a:

  6. Diseñar un programa de capacitación en mediación comunitaria, atendiendo a las...

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