Resolución Nº 1491/2012
Fecha de disposición | 04 Octubre 2012 |
Fecha de publicación | 14 Noviembre 2012 |
Sección | Resoluciones |
Bs. As., 4/10/2012
VISTO el Expediente Nº 266.313/12 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1/4 del Expediente Nº 266.313/12 obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL PESCADO (SOIP), por la parte sindical y la empresa LA CAMPAGNOLA SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL E INDUSTRIAL, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por el Acuerdo de marras las partes establecen pautas económicas para los trabajadores de la empresa, en los conceptos, condiciones y vigencia, detallados en sus cláusulas.
Que el ámbito personal y el territorial de aplicación, quedan estrictamente circunscriptos a la correspondencia de la representatividad entre los agentes negociales signantes.
Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo y solicitaron su homologación.
Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.
Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que por último, corresponde que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo del Tope lndemnizatorio previsto en el artículo 245 de la ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
— Declárase homologado el Acuerdo obrante a fojas 1/4 del Expediente Nº 266.313/12, celebrado entre el SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL PESCADO (SOIP) y la empresa LA CAMPAGNOLA SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL E INDUSTRIAL, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
— Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo, obrante a fojas 1/4 del Expediente Nº 266.313/12.
— Remítase copia debidamente autenticada de la presente...
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