Resolución Nº 1416/2012

Fecha de disposición21 Septiembre 2012
Fecha de publicación12 Noviembre 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 21/9/2012

VISTO el Expediente Nº 48.408/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 1/2 del Expediente Nº 48.408/11 obra el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA y el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE MERCEDES, por el sector sindical, y la COOPERATIVA ELECTRICA Y OTROS SERVICIOS DE CONCORDIA LIMITADA, ratificado a fojas 5, 8 y 46 en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 36/75, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado Acuerdo, los agentes negociadores estipulan condiciones laborales.

Que en relación al ámbito personal de aplicación previsto por las partes, corresponde señalar que la homologación se circunscribe a la correspondencia con el alcance de representatividad del SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE MERCEDES, conforme la personería gremial otorgada por Resolución ministerial Nº 276 de fecha 7 de agosto de 1951 y sus modificatorias.

Que se encuentra acreditado el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que respecto de lo manifestado por las partes en la cláusula TERCERA del acuerdo sub examine, cabe señalar que la homologación se dispone sin perjuicio de la competencia de la Administración Nacional de la Seguridad Social en materia previsional.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA y el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE MERCEDES, por el sector sindical, y la COOPERATIVA ELECTRICA Y OTROS SERVICIOS DE CONCORDIA LIMITADA, por la parte empleadora, obrante a fojas 1/2 del Expediente 48.408/11, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 36/75, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º

—...

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