Resolución Nº 1521/2012
Fecha de disposición | 12 Octubre 2012 |
Fecha de publicación | 09 Noviembre 2012 |
Sección | Resoluciones |
Bs. As., 12/10/2012
VISTO el Expediente Nº 1.216.022/07 Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/5 y a fojas 6/9 del Expediente Nº 1.400.824/10 agregado como foja 164 al Expediente citado en el Visto; a fojas 2/5 del Expediente Nº 1.425.728/10 agregado como foja 184 al Expediente citado en el Visto; a fojas 2/6 y a foja 7 del Expediente Nº 1.485.205/11 agregado como foja 184 al Expediente citado en el Visto obran, respectivamente, los Acuerdos celebrados entre la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (Fe.N.T.O.S.), el SINDICATO DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS DE TANDIL, por el sector sindical, y la MUNICIPALIDAD DE TANDIL, por el sector empleador, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que mediante dichos Acuerdos las partes convienen condiciones de trabajo y económicas en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 945/08 “E”, conforme los detalles que obran en sus textos a los cuales se remite.
Que el ámbito personal y territorial de aplicación de los referidos instrumentos se corresponde con la actividad de la empleadora y con la representatividad de las asociaciones sindicales firmantes, emergentes de sus respectivas personerías gremiales.
Que se encuentra acreditada en autos la representación invocada por las partes, conforme documentación agregada, como así cumplimentados los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó, la intervención que le compete.
Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que por último es menester dejar expresamente aclarado que, en atención al ámbito de aplicación personal de los Acuerdos a homologar, no corresponde calcular y fijar base promedio de remuneraciones y tope indemnizatorio, respecto de los convenios colectivos de trabajo y acuerdos salariales aplicables a los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 945/08 “E” en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 306 del 26 de marzo de 2008.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
— Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (Fe.N.T.O.S.), el SINDICATO DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS DE TANDIL, por la parte sindical, y la MUNICIPALIDAD DE TANDIL, por la parte empleadora, obrante a fojas 2/5 del Expediente Nº 1.400.824/10 agregado como foja 164 al Expediente citado en el Visto, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2.004).
— Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (Fe.N.T.O.S.), el SINDICATO DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS DE TANDIL, por la parte sindical, y la MUNICIPALIDAD DE TANDIL, por la parte empleadora, obrante a fojas 6/9 del Expediente Nº 1.400.824/10 agregado como foja 164 al Expediente citado en el Visto, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2.004).
— Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (Fe.N.T.O.S.), el SINDICATO DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS DE TANDIL, por la parte sindical, y la MUNICIPALIDAD DE TANDIL, por la parte empleadora, obrante a fojas 2/5 del Expediente Nº 1.425.728/10 agregado como foja 184 al Expediente citado en el Visto, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2.004).
— Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (Fe.N.T.O.S.), el SINDICATO DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS DE TANDIL, por la parte sindical, y la MUNICIPALIDAD DE TANDIL, por la parte empleadora, obrante a fojas 2/6 del Expediente Nº 1.485.205/11 agregado como foja 212 al Expediente citado en el Visto, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2.004).
— Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (Fe.N.T.O.S.), el SINDICATO DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS DE TANDIL, por la parte sindical, y la MUNICIPALIDAD DE TANDIL, por la parte empleadora, obrante a foja 7 del Expediente Nº 1.485.205/11 agregado como foja 212 al Expediente citado en el Visto, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2.004).
— Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/5 del Expediente Nº 1.400.824/10...
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