Resolución Nº 1205/2012

Fecha de disposición17 Agosto 2012
Fecha de publicación05 Octubre 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 17/8/2012

VISTO el Expediente Nº 1.518.379/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.518.379/12 obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES PERFUMISTAS por la parte trabajadora, y por la parte empleadora, la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA COSMETICA Y PERFUMERIA (CAPA), conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el acuerdo de marras las partes convienen las remuneraciones básicas para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 157/91, que regula la actividad, en los valores estipulados en el mismo, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2012.

Que es dable indicar en relación a lo pactado que, tanto el ámbito personal como el territorial de aplicación, quedan estrictamente circunscriptos a la correspondencia de la representatividad entre los agentes negociales signantes.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por último, correspondería, una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo del tope previsto en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES PERFUMISTAS y la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA COSMETICA Y PERFUMERIA (CAPA), glosado a fojas 2/5 del Expediente Nº 1.518.379/12.

ARTICULO 2°

— Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho...

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