Resolución Nº 1040/2012

Fecha de disposición23 Julio 2012
Fecha de publicación07 Agosto 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 23/7/2012

VISTO los Expedientes Nros. 373; 308; 297; 296; 311; 309; 310; 23 y 29-COMFER/04, y

CONSIDERANDO:

Que a través del dictado de la Resolución Nº 698-AFSCA/12 se llamó a concurso público para la adjudicación de licencias de servicios de comunicación audiovisual de frecuencia modulada, categorías E, F y G, en las provincias del CHACO, LA RIOJA, CATAMARCA, NEUQUEN, RIO NEGRO, CHUBUT, TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, LA PAMPA, SAN LUIS y SAN JUAN, aprobándose al efecto los pliegos de bases y condiciones que los regirán, para los sectores con o sin fines de lucro, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº 26.522 y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 1225/10.

Que se ha advertido que ciertas disposiciones de los pliegos de bases y condiciones deben ser aclarados, a los efectos de brindar certeza respecto de sus alcances y de los sujetos obligados al cumplimiento de algunas de sus disposiciones.

Que la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES ha formulado asignaciones en el marco de las previsiones obligatorias a que refiere el artículo 89, incisos b) y e), de la Ley Nº 26.522, que imponen se adecuen las previsiones técnicas correspondientes a los concursos números CIENTO TRECE (113) y TRESCIENTOS CUATRO (304), ambos de la ciudad de NEUQUEN, provincia homónima.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS LEGALES Y NORMATIVA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 12, inciso 8), de la Ley Nº 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL

DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Apruébase la CIRCULAR ACLARATORIA SIN CONSULTA a los pliegos de bases y condiciones generales y particulares —Anexo A y Anexo B—, aprobados por los artículos 1° y 2° de la Resolución Nº 698-AFSCA/12, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2°

— Suprímense los siguientes parámetros técnicos:

1) Canal 285, Frecuencia de 104.9 MHz y Categoría E, correspondientes al concurso público CIENTO TRECE (113), convocado para la ciudad de NEUQUEN, provincia homónima, contenido en el Anexo C de la Resolución Nº 698-AFSCA/12.

2) Canal 295, Frecuencia de 106.9 MHz y Categoría E...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR