Resolución Nº 168/2012

Fecha de disposición16 Julio 2012
Fecha de publicación25 Julio 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 16/7/2012

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear Nº 24.804, su Decreto Reglamentario Nº 1390/98, la Ley Nº 19.549 —Régimen de Procedimientos Administrativos— y sus reglamentaciones, el Régimen de Sanciones para Instalaciones Clases II y III, Prácticas no rutinarias y Transporte de Materiales Radiactivos, aprobado por Resolución del Directorio Nº 32/02, el Procedimiento para la Aplicación de Sanciones aprobado por la Resolución Nº 75/99, las Normas AR 8.2.4. Revisión 1 “Uso de Fuentes Radiactivas no selladas en instalaciones de Medicina Nuclear”, Norma AR 8.11.1 Revisión 2 “Permisos individuales para el empleo de material radiactivo o radiaciones ionizantes en seres humanos”, Norma AR 10.1.1 revisión 3 “Norma Básica de Seguridad Radiológica”, el expediente de sanciones caratulado “CIMEN S.A. s/incumplimiento de las normas de seguridad” Nº 7/11 del Registro de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN), y

CONSIDERANDO:

Que conforme surge del expediente citado en el VISTO, el día 29 de marzo de 2011 se realizó una inspección regulatoria, labrándose el Acta ARN Nº 11667, en el Servicio de Medicina Nuclear de la empresa CIMEN S.A., titular de la Licencia de Operación Nº 21669/0/0/01-11, sita en la Avenida Rivadavia Nº 3079/81, de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, verificándose que la citada instalación había realizado estudios a pacientes utilizando material radiactivo, sin contar con su licencia de operación vigente y cuyo responsable, DOCTOR Oscar José MINEN tenía el permiso individual Nº 18057/0/2/01-11 vencido.

Que la citada instalación CIMEN S.A. al haber realizado prácticas con material radiactivo con su licencia de operación vencida incumplió con lo establecido en los puntos D.1.12 y D.10.76 de la Norma AR 8.2.4, infracción que se encuadra en el artículo 5, inciso a), del citado Régimen de Sanciones.

Que el DOCTOR Oscar José MINEN, titular del permiso individual Nº 18057/0/2/01-11 y Responsable por la Seguridad Radiológica de la instalación CIMEN S.A. incumplió con lo establecido en los puntos D.1.45 de la Norma AR 10.1.1 y D1.8 de la Norma AR 8.11.1, cuya infracción se encuadra en lo establecido en el artículo 6, inciso c), del citado Régimen de Sanciones.

Que asimismo, conforme surge de la referida Acta, la misma Comisión Inspectora constató que el material radiactivo fue provisto por el servicio de medicina nuclear de la instalación que CIMEN S.A., titular de la Licencia de Operación Nº 22451/0/0/07-13, posee en la ciudad de Santo Tomé, provincia de Santa Fe, sita en la calle Belgrano Nº 2148, siendo el responsable de la citada instalación el DOCTOR José Luis BORDENABE, cuyo permiso individual Nº 15796/0/3/12-10 no se encontraba vigente.

Que la instalación CIMEN S.A., titular de la Licencia de Operación Nº 22451/0/0/07-13, al haber transferido material radiactivo a otra instalación que no contaba con su licencia de operación vigente, incumplió con lo establecido en el punto D.1.15 de la Norma AR 8.2.4, cuya infracción se encuadra en lo establecido en el artículo 8, inciso a), del citado Régimen de Sanciones.

Que asimismo, la citada instalación que realizó la transferencia al no contar con un responsable por la seguridad radiológica con permiso individual vigente incumplió con lo establecido en los puntos D.1.12 y D.10.76 de la Norma AR 8.2.4, infracción que se encuadra en el artículo 5, inciso b), del citado Régimen de Sanciones.

Que el DOCTOR José Luis BORDENABE, en su carácter de responsable por la seguridad radiológica de la instalación CIMEN S.A., y titular del permiso individual Nº 15796/0/3/12-10 que se encontraba vencido, incumplió con lo establecido en el artículo 9, inciso a), de la Ley Nº 24.804, cuya sanción se encuadra en el artículo 6, inciso a), del citado Régimen de Sanciones.

Que en el marco de lo establecido en el Procedimiento para la Aplicación de Sanciones, aprobado mediante Resolución Nº 75/99, se notificó a las instalaciones denominadas CIMEN S.A., Licencias de...

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