Resolución Nº 612/2012

Fecha de disposición07 Mayo 2012
Fecha de publicación27 Junio 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 7/5/2012

VISTO el Expediente Nº 1.475.453/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 7/8 obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical, y la empresa JOHNSON MATTHEY ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empresarial, ratificado a fojas 10/11 por medio de las Actas que integran el mismo, del Expediente Nº 1.475.453/11, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes convienen abonar un incremento salarial, un bono extraordinario por productividad con las prescripciones y demás consideraciones que obran en el texto al cual se remite.

Que las partes han convenido que el Acuerdo opera su vigencia a partir del día 1 de agosto de 2011.

Que el presente se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1150/10 “E”, que ha renovado al Convenio Nº 1101/10 “E” al cual se refieren las partes en la cláusula TERCERA.

Que el ámbito de aplicación del Acuerdo, se corresponde con la actividad de la empresa signataria y la representatividad de los trabajadores por medio de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de las constancias de autos surge la personería invocada por las partes y la facultad de negociar colectivamente.

Que se advierte que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo del derecho del trabajo.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Acuerdo de marras, se procederá a girar estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope indemnizatorio, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que ha acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Declárese homologado el Acuerdo obrante a fojas 7/8 del Expediente Nº 1.475.453/11, celebrado entre el SINDICATO DE...

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