Resolución Nº 558/2012

Fecha de disposición02 Mayo 2012
Fecha de publicación10 Mayo 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 2/5/2012

VISTO los Expedientes Números 1877.00.0/01 y 1877.01.0/01 del registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, Y

CONSIDERANDO:

Que en las mencionadas actuaciones tramita el Concurso Público convocado para la adjudicación de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en la frecuencia 100.1 MHz, canal 261, categoría D, de la ciudad de LA RIOJA, provincia homónima.

Que el citado concurso se convocó en el marco del Decreto Nº 1144/96 —modificado por su similar Nº 1260/96— y complementado mediante Decreto Nº 310/98 —modificado por su similar Nº 883/01— mediante el cual se implementó el Régimen de Normalización de Emisoras de Frecuencia Modulada.

Que mediante Resolución Nº 180-SG/01 se aprobaron los pliegos de bases y condiciones generales y particulares que regirían los llamados a concurso público para la adjudicación de licencias de estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en las categorías A, B, C y D.

Que posteriormente mediante Resoluciones números 1138-COMFER/01 y 1573-COMFER/01, se convocó al concurso público que tramita bajo las actuaciones mencionadas en el Visto.

Que en la fecha oportunamente fijada tuvo lugar el acto de apertura del procedimiento de selección en cuestión, verificándose la presentación de una sola oferta efectuada por la firma NUEVO SIGLO SOCIEDAD ANONIMA (en formación), integrada por Martha Magna VERGARA TEJADA y Graciela Liliana BRAVO SAGANIAS, la que se encuentra documentada en el Expediente Número 1877.01.0/01.

Que, el Pliego de Bases y Condiciones que rigió el procedimiento concursal de que se trata estableció los requisitos de forma y de fondo que debían reunir las propuestas que se presentaran en el referido proceso.

Que las áreas pertinentes de este organismo han evaluado los aspectos personales, patrimoniales y culturales de la propuesta concurrente, practicando un detallado análisis de la misma en relación con las condiciones y requisitos antes citados.

Que del informe sobre el aspecto cultural y de programación elaborado por el área competente, se colige que la propuesta cumple con lo establecido por el Pliego de Bases y Condiciones.

Que en relación con el aspecto personal de la oferta, corresponde señalar que no se ha dado debido cumplimiento con los requisitos exigidos por las normas que regulan la materia, ello, en atención...

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