Resolución Nº 37/2011

Fecha de disposición21 Diciembre 2011
Fecha de publicación16 Enero 2012
SecciónResoluciones

Bs. As. 21/12/2011

VISTO el Expediente Nº 1.479.819/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 66/69 del Expediente Nº 1.479.819/11 obra el Acuerdo celebrado entre la UNION PERSONAL AERONAVEGACION DE ENTES PRIVADOS y la empresa TODOLI HERMANOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a fojas 1/5 de autos el conflicto suscitado en autos fue encuadrado en el marco de la Ley Nº 14.786 de Conciliación Laboral Obligatoria.

Que bajo el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienen condiciones laborales y salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 271/75, conforme surge de los términos del texto pactado.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que cabe señalar que la manifestación efectuada por la empresa TODOLI HERMANOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, a fojas 69 in fine, no está comprendida en la homologación que por este acto se dispone por su carácter unilateral y por cuanto no resulta parte integrante del acuerdo sub examine.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Acuerdo de referencia, por intermedio de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, se procederá a evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo prescrito en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Declárase homologado el...

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