Resolución Nº 2582/2011

Fecha de disposición29 Noviembre 2011
Fecha de publicación07 Diciembre 2011
SecciónResoluciones

Bs. As., 29/11/2011

VISTO el Expediente Nº 20.780/2011 (Expediente OCCOVI Nº 6599/2011 del Registro del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES); y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 1167 de fecha 15 de julio de 1994, el PODER EJECUTIVO NACIONAL aprobó los Contratos de Concesión de Obra Pública de los Accesos Norte, Oeste y Riccheri a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y la adjudicación de las concesiones a las Empresas AUTOPISTA DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA, GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA, y AEC SOCIEDAD ANONIMA respectivamente.

Que mediante el Decreto Nº 1638 de fecha 20 de setiembre de 1994, el PODER EJECUTIVO NACIONAL aprobó la Reformulación del Contrato de Concesión de Obra Pública de la Autopista BUENOS AIRES - LA PLATA y la adjudicación de la concesión a la Empresa COVIARES SOCIEDAD ANONIMA.

Que los mencionados Contratos de Concesión de Obra Pública fueron objeto de la renegociación autorizada por el Artículo 9º de la Ley Nº 25.561.

Que el proceso de renegociación derivó en el dictado de los Decretos Nº 296 de fecha de 15 de marzo de 2006 (Acceso Norte), Nº 298 de fecha 15 de marzo de 2006 (Acceso Oeste), Nº 42 de fecha 25 de enero de 2007 (Acceso Riccheri) y Nº 1057 de fecha 21 de julio de 2010 (Autopista BUENOS AIRES - LA PLATA), por medio de los cuales, se ratificaron los Acuerdos de Renegociación Contractual suscriptos por la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS actuante en el ámbito del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y las respectivas Empresas Concesionarias.

Que la Cláusula Octava de los referidos Acuerdos de Renegociación Contractual de los Accesos Norte, Oeste y Riccheri a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, y Décimo Segunda de la Autopista BUENOS AIRES - LA PLATA establecen que las variaciones de precios que pudieran producirse en los costos relacionados con la operación, mantenimiento e inversiones de la concesión, a partir de la suscripción del mismo, serán consideradas a la luz de su incidencia dentro del PLAN ECONOMICO FINANCIERO (PEF) y en la Tasa Interna de Retorno del Contrato de Concesión.

Que por Decreto Nº 614 de fecha 26 de mayo de 2009, el PODER EJECUTIVO NACIONAL aprobó el cálculo de la incidencia que las variaciones de precios operadas desde el mes de diciembre de 2005 hasta el mes de noviembre de 2008, han tenido en los costos relacionados con la operación, mantenimiento e inversiones incluidas en el PEF de la concesión de AEC SOCIEDAD ANONIMA, y el nuevo Cuadro Tarifario del Contrato de Concesión.

Que por Resolución Nº 1880 de fecha 1º de octubre de 2010 del Registro de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, se aprobó el Cuadro Tarifario vigente que...

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