Resolución Nº 345/2011

Fecha de disposición01 Diciembre 2011
Fecha de publicación02 Diciembre 2011
SecciónResoluciones

Bs. As., 1/12/2011

VISTO el Expediente Nº 6594/2011 del Registro del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, órgano desconcentrado dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado que gira bajo la órbita de la SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS dependiente de la SECRETARIA DE OBRA PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y,

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 2583 de fecha 29 de noviembre de 2011 del Registro de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD se aprobó el aumento tarifario del VEINTE POR CIENTO (20%) para las categorías 1 y 2 de los Cuadros Tarifarios actualmente aplicados al público usuario de las Concesiones de los Corredores Viales Nacionales Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8, otorgadas por el Decreto Nº 543 de fecha 21 de abril de 2010.

Que por el artículo 4º de la Resolución mencionada en el considerando precedente se instruyó a las Empresas CV1 CONCESIONARIA VIAL SOCIEDAD ANONIMA, CORREDOR DE INTEGRACION PAMPEANA SOCIEDAD ANONIMA, AUTOVIA BS. AS. A LOS ANDES SOCIEDAD ANONIMA, CARRETERAS CENTRALES DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, CINCOVIAL SOCIEDAD ANONIMA, CAMINOS DEL PARANA SOCIEDAD ANONIMA, VIALNOA SOCIEDAD ANONIMA y CORREDOR CENTRAL SOCIEDAD ANONIMA, Concesionarias de los Corredores Viales Nacionales Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 respectivamente, otorgados por el Decreto Nº 543 de fecha 21 de abril de 2010; a elaborar y presentar ante este ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES los Cuadros Tarifarios resultantes de la aplicación del aumento tarifario dispuesto por el Artículo 1º de la mencionada medida.

Que las Empresas Concesionarias mencionadas en el considerando precedente han presentado los Cuadros Tarifarios a ser aplicados a sus respectivas Concesiones.

Que la Subgerencia de Administración de este ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES ha analizado y verificado la consistencia de los Cuadros Tarifarios referidos en el considerando precedente.

Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nº 17.520 y Nº 23.696; por los Decretos Nº 1994 de fecha 23 de septiembre de 1993; Nº 87 de fecha 25 de enero de 2001 y Nº 543 de fecha 21 de abril de 2010; y por la Resolución Nº 2583 de fecha 29 de noviembre de 2011 del Registro de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DEL ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Apruébanse los nuevos Cuadros Tarifarios a ser aplicados a los contratos de Concesión de los Corredores Viales Nacionales Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8, aprobados por el Decreto Nº 543 de fecha 21 de abril de 2010, que como ANEXO I a VIII forman parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º

— Los Cuadros Tarifarios que se aprueban en el artículo precedente deberán darse a conocer a los usuarios por las empresas Concesionarias CV1 CONCESIONARIA VIAL SOCIEDAD ANONIMA, CORREDOR DE INTEGRACION PAMPEANA SOCIEDAD ANONIMA, AUTOVIA BS. AS. A LOS ANDES SOCIEDAD ANONIMA, CARRETERAS CENTRALES DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, CINCOVIAL SOCIEDAD ANONIMA, CAMINOS DEL PARANA SOCIEDAD ANONIMA, VIALNOA SOCIEDAD ANONIMA y CORREDOR CENTRAL SOCIEDAD ANONIMA, a través de su publicación durante DOS (2) días corridos en por lo menos DOS (2) de los principales medios periodísticos de la zona de influencia de cada Concesión, de manera previa a su aplicación.

ARTICULO 3º

— Notifíquese a las empresas Concesionarias CV1 CONCESIONARIA VIAL SOCIEDAD ANONIMA, CORREDOR DE INTEGRACION PAMPEANA SOCIEDAD ANONIMA, AUTOVIA BS. AS. A LOS ANDES SOCIEDAD ANONIMA, CARRETERAS CENTRALES DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, CINCOVIAL SOCIEDAD ANONIMA, CAMINOS DEL PARANA SOCIEDAD ANONIMA, VIALNOA SOCIEDAD ANONIMA y CORREDOR CENTRAL SOCIEDAD ANONIMA, por alguno de los medios previstos en el Artículo 41 del Reglamento de la Ley de Procedimientos Administrativos - Decreto Nº 1759/72 (T.O. 1991).

ARTICULO 4º

— Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Ing. GUSTAVO GENTILI, Director Ejecutivo, Organo de Control de Concesiones Viales.

ANEXO I

CORREDOR VIAL Nº 1

CV1 CONCESIONARIA VIAL S.A.

CUADRO TARIFARIO

(Apertura y Base de Cálculo)

ESTACION DE PEAJE: CAÑUELASCATEGORIATarifa del

ConcesionarioIVANueva Tarifa

c/IVARedondeoRedondeo

NetoIVA sobre

RedondeoTarifa al Público12,89260,60743,50000,00000,00000,00003,5025,78511,21497,00000,00000,00000,00007,0033,96690,83314,80000,00000,00000,00004,8045,28931,11076,40000,00000,00000,00006,4056,61161,38848,00000,00000,00000,00008,00ESTACION DE PEAJE: AZULCATEGORIATarifa del

ConcesionarioIVANueva Tarifa

c/IVARedondeoRedondeo

NetoIVA sobre

RedondeoTarifa al Público12,47930,52073,00000,00000,00000,00003,0024,54550,95455,50000,00000,00000,00005,5032,97520,62483,60000,00000,00000,00003,6043,96690,83314,80000,00000,00000,00004,8054,95871,04136,00000,00000,00000,00006,00ESTACION DE PEAJE: TRES ARROYOSCATEGORIATarifa...

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