Resolución Nº 1205/2011

Fecha de disposición16 Septiembre 2011
Fecha de publicación17 Noviembre 2011
SecciónResoluciones

Bs. As., 16/9/2011

VISTO el Expediente Nº 1.458.292/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (Lo. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 27 del Expediente Nº 1.458.292/11 obra el Acuerdo celebrado entre la UNION ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES, por la parte sindical, y la empresa LEDESMA SOCIEDAD ANONIMA AGRICOLA E INDUSTRIAL, por la parte empresarial, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el presente Acuerdo las partes convienen el pago en dos cuotas, de una gratificación al presentismo de carácter no remunerativo, para el personal de la empresa comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 442/06, conforme a las condiciones y términos allí establecidos.

Que el citado Acuerdo ha sido celebrado en el marco del conflicto encuadrado en la Ley Nº 14.786 mediante Disposición D.N.R.T. Nº 516/11, el cual fuera prorrogado mediante acta de fecha 27 de julio de 2011, obrante a fojas 25 del mismo Expediente.

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad principal de la empresa signataria y la representatividad de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que los Delegados del Personal han tomado la intervención que les compete en los términos del Artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Declárase homologado el Acuerdo obrante a fojas 27 del Expediente Nº 1.458.292/11, celebrado entre la UNION ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES y la...

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