Resolución Nº 1088/2011

Fecha de disposición03 Noviembre 2011
Fecha de publicación11 Noviembre 2011
SecciónResoluciones

Bs. As., 3/11/2011

VISTO el Expediente MS Nº 17397/2011, las Leyes Nros. 24.059 y 22.520 y los Decretos Nros. 1273 de fecha 21 de julio de 1992, 1993 de fecha 14 de diciembre de 2010 y 2009 del 15 de diciembre de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 6º de la Ley de Seguridad Interior Nº 24.059 establece que el sistema de seguridad interior tiene como finalidad determinar las políticas de seguridad así como planificar, coordinar, dirigir, controlar y apoyar el esfuerzo nacional de policía dirigido al cumplimiento de esas políticas.

Que el artículo 8º de dicho texto legal regla que el MINISTERIO DE SEGURIDAD, por delegación del Presidente de la Nación, además de las competencias que le son otorgadas en la Ley de Ministerios, ejercerá la conducción política del esfuerzo nacional de policía, con las modalidades allí previstas.

Que además conforme lo dispuesto en dicha norma el MINISTERIO DE SEGURIDAD tiene a su cargo la dirección superior de los cuerpos policiales y fuerzas de seguridad del Estado Nacional, y respecto de estas últimas, dicha facultad queda limitada a los fines derivados de la seguridad interior.

Que la facultades vinculadas con la dirección superior de los cuerpos policiales y fuerzas de seguridad implica, entre otras, la atribución para entender en la determinación de la organización, doctrina, despliegue, y distribución de los recursos humanos de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA y POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA; como así también la de intervenir en dichos aspectos con relación a GENDARMERIA NACIONAL y PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.

Que el artículo 5º del Decreto Nº 1273 de fecha 21 de julio de 1992 dispone que en las facultades que son asignadas al MINISTERIO DE SEGURIDAD por el artículo 8º incisos 1, 2, 3 y 4 de la Ley Nº 24.059, la conducción política del esfuerzo nacional de policía consiste, entre otras, en la facultad de impartir órdenes o directivas de carácter general a las Fuerzas de Seguridad y Policiales del Estado Nacional, inherentes al ámbito de la seguridad interior.

Que por su parte el MINISTERIO DE SEGURIDAD entiende en la organización, doctrina, despliegue, capacitación y equipamiento de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, a través de la emisión de órdenes y directivas al respecto, así como del control del cumplimiento de las mismas, y respecto de PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y GENDARMERIA NACIONAL, la intervención aludida precedentemente habrá de materializarse...

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