Resolución Nº 643/2011

Fecha de disposición27 Junio 2011
Fecha de publicación29 Septiembre 2011
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32245

Bs. As., 27/6/2011

VISTO el Expediente Nº 1.419.296/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 8 y 10/11 del Expediente Nº 1.384.736/10, agregado como foja 9 al Expediente Nº 1.419.296/10 obra el Acuerdo y la Escala Salarial de foja 13 de las actuaciones citadas en el Visto, celebrados entre la ASOCIACION GREMIAL DEL PERSONAL DEL MERCADO NACIONAL DE HACIENDA, por el sector sindical y el MERCADO DE LINIERS SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, de conformidad con lo regulado por la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en el Acuerdo en consideración establecen sustancialmente incrementar los salarios básicos del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 534/03 “E”, del que los agentes negociales resultan partes signatarias.

Que se ha cumplimentado el recaudo que establece el Artículo 17 de la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo Nº 14.250 (t.o. 2004), tal como surge de las manifestaciones de las partes obrantes a foja 1 del Expediente Nº 1.429.947/11, agregado como foja 25 y foja 26.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que se advierte que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten a principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado “orden público laboral” ni de otras normas dictadas en protección del interés general.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Acuerdo, se estima pertinente remitir estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de realizar el proyecto de Base promedio y Tope indemnizatorio, en cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de esta Autoridad de Aplicación ha tomado la intervención que le compete.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Declárase homologado el Acuerdo y la Escala Salarial suscripta entre la ASOCIACION GREMIAL DEL PERSONAL DEL MERCADO NACIONAL DE HACIENDA, por el sector...

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