Resolución Nº 90/2011

Fecha de disposición24 Febrero 2011
Fecha de publicación31 Agosto 2011
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32224

Bs. As., 24/2/2011

VISTO el Expediente Nº 1.416.064/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 9/12 obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA por la parte sindical y la empresa LA EQUITATIVA DEL PLATA SOCIEDAD ANONIMA DE SEGUROS por el sector empleador, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio de dicho Acuerdo, las partes han convenido abonar a los trabajadores el adicional por refrigerio en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 264/95 y una gratificación no remunerativa y extraordinaria con los plazos de pago y demás consideraciones que obran en el texto al cual se remite.

Que las partes han convenido que la vigencia del Acuerdo opera a partir del 1 de octubre de 2010.

Que el ámbito territorial y personal del Acuerdo se corresponde con la actividad de la empresa signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que no obstante, en relación a lo pactado en las cláusulas quinta, séptima y octava corresponde señalar que la homologación que por este acto se dispone, lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores afectados.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Declárase homologado el Acuerdo de fojas 9/12 celebrado entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA y LA EQUITATIVA DEL PLATA...

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