Resolución Nº 3385/2011

Fecha de disposición02 Agosto 2011
Fecha de publicación11 Agosto 2011
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32211

Bs. As., 2/8/2011

VISTO la Resolución SC. Nº 2641/11, la Resolución SC. Nº 2329/08, la Resolución SC. Nº 1501/10, y el Expediente SC. Nº 7550/11 del registro de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA de la NACION, y

CONSIDERANDO:

Que la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION tiene entre sus objetivos democratizar el acceso a los bienes culturales, consolidando así una verdadera cultura democrática y solidaria.

Que para cumplir con este objetivo desarrolla una serie de programas, articulados entre sí, que contemplan la participación de los distintos actores sociales relevantes de la escena nacional.

Que se ha creado por Resolución SC. Nº 2641/11 el Programa Puntos de Cultura cuyo fin es la inclusión social, la participación ciudadana y la revalorización de la identidad local.

Que entre los distintos componentes que integran el mencionado programa se encuentra la entrega de subsidios a partir de convocatorias públicas.

Que para ello, es necesario realizar una Convocatoria para la presentación de proyectos en las líneas “Puntos de Cultura Proyectos Integrales”, “Puntos de Cultura Proyectos Específicos”, “Puntos de Cultura Indígena” y “Puntos de Cultura de Base”.

Que es decisión de esta SECRETARIA DE CULTURA afectar a la mencionada convocatoria la suma de PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000.-) como máximo, durante el año 2011.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que el gasto que demande la presente medida cuenta con el financiamiento establecido en el PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el presente ejercicio fijado en los términos del Artículo 1º del Decreto Nro. 2054 de fecha 22 de diciembre de 2010 y la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 7 de enero de 2011.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por los Decretos Nº 101/85, Nº 392/86 y Nº 1344/07.

Por ello,

El SECRETARIO DE CULTURA

DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Apruébase la Convocatoria para la presentación de proyectos en el marco del Programa Puntos de Cultura durante el año 2011.

ARTICULO 2º

— Destínese hasta la cantidad de PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000.-) durante el ejercicio 2011 para el financiamiento de los proyectos que sean seleccionados en el marco de la Convocatoria aprobada en el artículo precedente.

ARTICULO 3º

— Apruébase el Reglamento de Bases y Condiciones contenido en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 4º

— La UNIDAD SECRETARIO de la SECRETARIA DE CULTURA DE LA NACION será la autoridad de aplicación e interpretación del Reglamento y la encargada de la instrumentación de las medidas pertinentes a fin de lograr su efectivo cumplimiento.

ARTICULO 5º

— Créase la Comisión Evaluadora de Proyectos y desígnase como integrantes de la misma a las personas consignadas en el Anexo II que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 6º

— El gasto que demanda la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas correspondientes del presupuesto vigente financiero del año en curso, asignadas a la JURISDICCION 20 - SUBJURISDICCION 14.

ARTICULO 7º

— Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL archívese. — JORGE COSCIA, Secretario de Cultura, Presidencia de la Nación.

ANEXO I

REGLAMENTO, BASES Y CONDICIONES

PROGRAMA PUNTOS DE CULTURA

CONVOCATORIA 2011

CAPITULO I: De la Autorización

Artículo 1º

El Programa Puntos de Cultura fue creado por Resolución SC, Nº 2641/11, del día 22 de junio de 2011, en el marco de las atribuciones de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación.

CAPITULO II: Del Objeto

Artículo 2º

El Programa Puntos de Cultura tiene como objetivo principal fortalecer el trabajo de las organizaciones sociales y comunidades indígenas que promuevan la inclusión social, la identidad local, la participación ciudadana y el desarrollo regional a través del arte y la cultura.

Artículo 3º

Constituye la presente convocatoria la ampliación y la garantía del acceso a los medios de producción y formación cultural a través del traspaso de recursos públicos en dinero y en equipamiento para el desarrollo de proyectos.

CAPITULO III: De la Difusión

Artículo 4º

La documentación e información para la presentación de proyectos podrá ser consultada desde la página web de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA de la NACION a partir del 15 de agosto de 2011. La información del Programa también podrá ser solicitada en los organismos de cultura provinciales. Se difundirá en radios, diarios nacionales y provinciales, a través de agencias de noticias nacionales; se enviará por correo electrónico a las organizaciones sociales que se registran en bases de datos o que se encuentran vinculadas en red.

CAPITULO IV: De la Modalidad de Presentación de Proyectos:

Artículo 5º

La recepción de los proyectos será a partir del día 15 de agosto de 2011 y hasta el 16 de septiembre del mismo año. Las entregas podrán hacerse de manera personal de lunes a viernes de 10 a 17 hs. en la oficina de subsidios - Alsina 1169 2º Piso, Ciudad de Buenos Aires, o por correo postal a la oficina de la Unidad de Proyectos y Programas Especiales (UPPE) - Av. Alvear 1690 1º Piso (CP C1014AAQ) Ciudad de Buenos Aires - República Argentina, teniendo validez la fecha del matasellos postal. No se podrá entregar ningún proyecto por vía de correo electrónico y no se podrá presentar más de un proyecto por entidad.

Artículo 6º

Los proyectos deberán presentarse en dos soportes: digitalizado en CD (sólo el formulario con el proyecto); y en papel (hojas tamaño A4, impresas de un solo lado, cada una con la firma del solicitante). La documentación anexa deberá presentarse firmada en todas sus hojas por el responsable máximo de la entidad y es posible adjuntar el material secundario (fotos, videos, recortes de diarios, etc.) al final de la carpeta. Para el caso de Comunidades indígenas, los proyectos podrán presentarse en los soportes antedichos (CD y papel) o solamente en papel.

Artículo 7º

Las solicitudes se constituyen de los siguientes ítems, exigiéndose se respete dicho orden.

Carátula del Proyecto

Carta de solicitud del subsidio dirigida al Secretario de Cultura de la Presidencia de la Nación

iii. Ficha de presentación de datos

iv. Formulario correspondiente a la presentación de la entidad y del proyecto

v. Documentación respaldatoria de acuerdo a la naturaleza de la entidad, según los requisitos establecidos en la Resolución SC Nº 2329/08.

CAPITULO V: De las líneas de Subsidios, sus Destinatarios, Montos y Requisitos

Artículo 8º

La presente convocatoria del Programa Puntos de Cultura incluye cuatro líneas que se detallan a continuación.

Puntos de Cultura Proyectos Integrales

Proyectos culturales integrales orientados a fortalecer el trabajo comunitario y que permitan la reconstrucción del tejido social.

Los proyectos deberán apuntar a modificar las condiciones materiales para la producción cultural comunitaria. En este aspecto se deberá detallar el modo en que circularán los bienes culturales comunitarios producidos y cómo será estimulado el acceso a ellos por parte de todos aquellos que formen parte del territorio de influencia definido (barrio/s, comuna/s, paraje, localidad, etc.).

El proyecto integral deberá ser ejecutado durante el período de 1 año, con la correspondiente proyección presupuestaria para su continuidad por 2 años más. Para ello deberán cumplir con todos los requisitos que figuren en el convenio que suscriban para la efectivización del mismo, entre ellos, la realización de un registro audiovisual y un mapeo de las organizaciones culturales del territorio de pertenencia.

DESTINATARIOS: Organizaciones Sociales con personería jurídica otorgada por la Inspección General de Justicia o Direcciones Provinciales de Personería Jurídica correspondientes (para asociaciones civiles y fundaciones); o por el INAES (para cooperativas y mutuales).

Las organizaciones deberán demostrar por lo menos 2 años de trabajo en el territorio y contar con una sede física para la realización de sus actividades.

MONTO: $ 40.000.-

Puntos de Cultura Proyectos Específicos

  1. Emprendimientos orientados a facilitar y/o...

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