RESOLUCION Nº 37.111 DEL 19 SEP. 2012
Fecha de disposición | 26 Septiembre 2012 |
Fecha de publicación | 26 Septiembre 2012 |
Sección | Resoluciones |
Miércoles 26 de septiembre de 2012 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.488 25
Que por Decreto Nº14/12 se aprobó el Régimen de deducción de haberes para el cumplimiento
de obligaciones de dar sumas de dinero del personal que revista en los organismos comprendidos
en el artículo 8° de la Ley Nº24.156.
Que en virtud de la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINIS-
TRATIVA Nº52/12, se reglamentó el precitado Decreto habiéndose establecido los requisitos que
deben reunir las entidades que deseen inscribirse en el mencionado REGISTRO DE ENTIDADES
PARTICIPANTES EN EL REGIMEN DE DEDUCCION DE HABERES.
Que el área técnica competente analizó la documentación acompañada por la peticionante
en el marco normativo citado precedentemente, aconsejando la inscripción del CENTRO DE
OFICIALES RETIRADOS DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA - PROTECCION RECIPRO-
CA en el REGISTRO DE ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL REGIMEN DE DEDUCCION DE
HABERES.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDI-
NACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades acordadas por el artículo 6°, del
Anexo I de la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
Nº52/12.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Incorpórase al REGISTRO DE ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL REGIMEN
DE DEDUCCION DE HABERES al CENTRO DE OFICIALES RETIRADOS DE LA PREFECTURA NA-
VAL ARGENTINA - PROTECCION RECIPROCA, a quien se le asignan los siguientes Códigos de
Descuento: Nº 400581 para otorgar créditos, el Nº400582 para cuota social y el Nº400583 para
proveeduría y consumos varios.
ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Ocial y
archívese. — Lic. FACUNDO P. NEJAMKIS, Secretario de Gabinete y Coordinación Administrativa,
Jefatura de Gabinete de Ministros. e. 26/09/2012 Nº98098/12 v. 26/09/2012
#F4374417F#
#I4374422I#
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
Resolución Nº340/2012
Bs. As., 19/9/2012
VISTO el Expediente Nº15387/2012 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-
TROS, el Decreto Nº14 del 5 de enero de 2012, la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y
COORDINACION ADMINISTRATIVA Nº52 del 22 de marzo de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la solicitud de inscripción en el REGISTRO DE
ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL REGIMEN DE DEDUCCION DE HABERES, efectuada por la
MUTUAL DE AGRICULTURA Y GANADERIA.
Que por Decreto Nº14/12 se aprobó el Régimen de deducción de haberes para el cumplimiento
de obligaciones de dar sumas de dinero del personal que revista en los organismos comprendidos
en el artículo 8º de la Ley Nº24.156.
Que en virtud de la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINIS-
TRATIVA Nº52/12, se reglamentó el precitado Decreto habiéndose establecido los requisitos que
deben reunir las entidades que deseen inscribirse en el mencionado REGISTRO DE ENTIDADES
PARTICIPANTES EN EL REGIMEN DE DEDUCCION DE HABERES.
Que el área técnica competente analizó la documentación acompañada por la peticionante en
el marco normativo citado precedentemente, aconsejando la inscripción de la MUTUAL DE AGRI-
CULTURA Y GANADERIA en el REGISTRO DE ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL REGIMEN DE
DEDUCCION DE HABERES.
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARIA
DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION AD-
MINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades acordadas por el artículo 6º, del
Anexo I de la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
Nº52/12.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Incorpórase al REGISTRO DE ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL REGIMEN
DE DEDUCCION DE HABERES a la MUTUAL DE AGRICULTURA Y GANADERIA, a quien se le asig-
nan los siguientes Códigos de Descuento: Nº400451 para otorgar créditos, el Nº400452 para cuota
social, el Nº400453 para proveeduría y consumos varios, el Nº400454 para turismo y el 400455
para vivienda.
ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Ocial y
archívese. — Lic. FACUNDO P. NEJAMKIS, Secretario de Gabinete y Coordinación Administrativa,
Jefatura de Gabinete de Ministros. e. 26/09/2012 Nº98103/12 v. 26/09/2012
#F4374422F#
#I4374424I#
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
Resolución Nº338/2012
Bs. As., 19/9/2012
VISTO el Expediente CUDAP:EXP-JGM Nº31052/2012 del Registro de la JEFATURA DE GABI-
NETE DE MINISTROS, el Decreto Nº14 del 5 de enero de 2012, la Resolución de la SECRETARIA DE
GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA Nº52 del 22 de marzo de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la solicitud de inscripción en el REGISTRO DE
ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL REGIMEN DE DEDUCCION DE HABERES, efectuada por el
BANCO SUPERVIELLE S.A.
Que por Decreto Nº14/12 se aprobó el Régimen de Deducción de Haberes para el cumplimien-
to de obligaciones de dar sumas de dinero del personal que revista en los organismos comprendidos
en el artículo 8° de la Ley Nº24.156.
Que en virtud de la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINIS-
TRATIVA Nº52/12, se reglamentó el precitado Decreto habiéndose establecido los requisitos que
deben reunir las entidades que deseen inscribirse en el mencionado REGISTRO DE ENTIDADES
PARTICIPANTES EN EL REGIMEN DE DEDUCCION DE HABERES.
Que el área técnica competente analizó la documentación acompañada por la peticionante en el
marco normativo citado precedentemente, aconsejando la inscripción del BANCO SUPERVIELLE S.A.
en el REGISTRO DE ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL REGIMEN DE DEDUCCION DE HABERES.
Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSE-
CRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINA-
CION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades acordadas por el artículo 6°, del
Anexo l de la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
Nº52 de 2012.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Incorpórase al REGISTRO DE ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL REGIMEN
DE DEDUCCION DE HABERES al BANCO SUPERVIELLE S.A. a quien se le asigna el Código de
Descuento: Nº100491 para otorgar créditos al personal dependiente de los organismos comprendi-
dos en el artículo 8° de la Ley Nº24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional.
ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Ocial y
archívese. — Lic. FACUNDO P. NEJAMKIS, Secretario de Gabinete y Coordinación Administrativa,
Jefatura de Gabinete de Ministros. e. 26/09/2012 Nº98105/12 v. 26/09/2012
#F4374424F#
#I4374321I#
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
La SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GA-
BINETE DE MINISTROS notica a URATEL SRL (CUIT Nº30-55998310-8) que en el expediente
CUDAP- JGM: 0049444/2010 se ha resuelto mediante Resolución SAyDS Nº1479 de fecha 11
de octubre de 2011 aplicarle una multa de PESOS CINCO MIL ($ 5.000.-) por omitir presentar en
término la Declaración Jurada de Euentes Líquidos Industriales, correspondiente al año 2009.
El importe de la multa deberá ser depositado en la TESORERIA de la SECRETARIA DE AM-
BIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE sita en la calle San Martín 459 Planta Baja, de esta Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 10:30 a 13:00 y 14:00 a 16:30 horas en un plazo de
VEINTE (20) días hábiles a partir de la noticación del presente, bajo apercibimiento de gestionar su
cobro por vía judicial en caso de incumplimiento. Asimismo se hace saber al causante que notica-
da la presente, podrá interponer los recursos de reconsideración (10 días) y/o jerárquico (15 días)
previstos en los artículos 84º y 89º del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por
el Decreto Nº1759/72 (t.o. 1991) respectivamente. Publíquese conforme lo dispuesto por el artículo
42 del Decreto Nº1759/72 (T.O. 1991) y téngase por fehacientemente noticado a los cinco (5) días
contados a partir del día siguiente al de la última publicación. Dentro del cual podrá interponer re-
curso de apelación, al solo efecto devolutivo. — Dra. MARIA M. DIAZ ARAUJO, Abogada, Directora
de Infracciones Ambientales. e. 26/09/2012 Nº98002/12 v. 28/09/2012
#F4374321F#
#I4374376I#
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
RESOLUCION Nº37.111 DEL 19 SEP. 2012
EXPEDIENTE Nº 57.516 - Autorización para operar en reaseguros y baja en el ramo Ac-
cidentes Personales y Salud de AMERICAN HOME ASSURANCE COMPANY SUCURSAL
ARGENTINA.
SINTESIS:
VISTO... Y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Proceder a la baja de los ramos Accidentes Personales y Salud de AMERICAN
HOME ASSURANCE COMPANY SUCURSAL ARGENTINA oportunamente aprobados en los Expe-
dientes Nº23.049 y 35.872 del registro de esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION.
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