RESOLUCION Nº 37.106 DEL 13 SEP. 2012

Fecha de disposición19 Septiembre 2012
Fecha de publicación19 Septiembre 2012
SecciónResoluciones
Miércoles 19 de septiembre de 2012 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.484 11
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, creado por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogené-
ticas Nº 20.247, de la creación togenética de trigo pan KLEIN ROBLE solicitada por la empresa
CRIADERO KLEIN S.A.
ARTICULO 2° — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de
propiedad, una vez cumplido el artículo 3°.
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín
Ocial y archívese. — Ing. Agr. CARLOS A. RIPOLL, Presidente, Instituto Nacional de Semillas.
e. 19/09/2012 Nº96195/12 v. 19/09/2012
#F4372514F#
#I4372489I#
COMISION FEDERAL DE IMPUESTOS
Resolución Declarativa Nº5/2012
Puerto Madryn, Chubut, 31/8/2012
VISTO:
El proyecto de Código Civil y Comercial de la Nación y la preocupación manifestada por la to-
talidad de los scos en relación con el artículo 2562, inciso d) y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 2562 del proyecto citado prevé que “prescriben a los DOS (2) años:... d) el recla-
mo de todo lo que se devenga por años o plazos periódicos más cortos, excepto que se trate del
reintegro de un capital en cuotas; ...”
Que de esa manera se estaría reduciendo el plazo de prescripción liberatoria actualmente esta-
blecida en el artículo 4027, inciso 3°, del Código Civil, llevándola de CINCO (5) años a DOS (2) años.
Que como consecuencia del precedente “Filcrosa S.A. s/quiebra s/incidente de vericación de
Municipalidad de Avellaneda” del 30 de septiembre de 2003, la Corte Suprema de Justicia de la Na-
ción interpretó que el plazo de dicho inciso resulta aplicable a las obligaciones tributarias provinciales,
haciendo prevalecer la legislación de fondo sobre las regulaciones locales en materia de derecho
tributario.
Que de tal forma, resultaría que las obligaciones tributarias locales, y a las que se agregaría las
nacionales —como consecuencia implícita de la reforma proyectada—, prescribirían en el plazo de
DOS (2) años, como asimismo serían aplicables las regulaciones en materia de suspensión, interrup-
ción y cómputo del plazo.
Que de aprobarse el plazo de 2 años, aparece como consecuencia necesaria una nueva di-
cultad insuperable para los scos en cuanto a la persecución de las obligaciones tributarias. Ello
es así en la medida en que el plazo señalado resulta incompatible con los tiempos necesarios para
scalizar, determinar, agotar la vía administrativa y dejar expedita la ejecución scal: único medio
admisible en el sistema republicano para el reclamo compulsivo de deudas de esta naturaleza.
Que a las argumentaciones referidas precedentemente se agregan nuevos elementos fundados
en la imposibilidad práctica de armonizar los plazos para el reclamo judicial de deudas tributarias,
que excedería con mucho el plazo de prescripción. Todo lo cual lleva a los scos intervinientes a
merituar las graves consecuencias que acarrearía para el erario público la reducción del plazo de
prescripción, ya de por sí exiguo, en el marco de la complejidad actual de las relaciones tributarias.
Que ha sido oída la Asesoría Jurídica.
Que por todo lo expuesto, y lo dispuesto por el artículo 11, incisos g) e i), de la Ley 23.548,
EL PLENARIO DE REPRESENTANTES
DE LA COMISION FEDERAL DE IMPUESTOS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — DECLARAR la preocupación de los scos que integran este organismo en
cuanto a las graves consecuencias que acarrearía para la recaudación tributaria la reducción del
plazo de prescripción liberatoria que surge de la redacción del artículo 2562, inciso d), del proyecto
de Código Civil y Comercial de la Nación.
ARTICULO 2° — DIRIGIRSE a los Señores Legisladores Nacionales a los efectos de solicitarles
se sirvan tener en cuenta los argumentos expuestos en los considerandos de esta Resolución.
ARTICULO 3° — Regístrese, notifíquese a todos los scos adheridos, publíquese en el Boletín
Ocial por el por el término de un (1) día y archívese. — Cr. DANIEL R. HASSAN, Presidente. — Lic.
DEBORA M. V. BATAGLINI, Secretaria Administrativa.
e. 19/09/2012 Nº96170/12 v. 19/09/2012
#F4372489F#
#I4372527I#
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
RESOLUCION Nº37.106 DEL 13 SEP. 2012
EXPEDIENTE: 34.047. GENERAL REINSURANCE CORPORATION.
SINTESIS:
VISTO... Y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Cancelar la inscripción de GENERAL REINSURANCE CORPORATION en el
Registro de Entidades de Seguros y Reaseguros, entidad inscripta bajo el número 627.
ARTICULO 2° — Comuníquese, notifíquese a GENERAL REINSURANCE CORPORATION en el
domicilio del apoderado Runo Alfredo Arce sito en Suipacha Nº 1111 Piso 8° - Ocina 707, de la
C.A.B.A (1008) y publíquese en el Boletín Ocial. — Lic. JUAN A. BONTEMPO, Superintendente de
Seguros de la Nación.
NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Av. Julio A. Roca 721 P.B.
Capital Federal.
e. 19/09/2012 Nº96208/12 v. 19/09/2012
#F4372527F#
#I4372542I#
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
RESOLUCION Nº37.107 DEL 13 SEP. 2012
EXPEDIENTE: 52.485. EULER HERMES AMERICAN CREDIT INDEMNITY COMPANY.
SINTESIS:
VISTO... Y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Dar de baja la inscripción de EULER HERMES AMERICAN CREDIT INDEMNITY
COMPANY en el Registro de Entidades de Seguros y Reaseguros, entidad inscripta bajo el número 808.
ARTICULO 2° — Comuníquese, notifíquese a EULER HERMES AMERICAN CREDIT INDEMNI-
TY COMPANY en el domicilio del apoderado Enrique Schinelli Casares sito en Av. Córdoba 950 Piso
10°, de la C.A.B.A (1054) y publíquese en el Boletín Ocial. — Lic. JUAN A. BONTEMPO, Superin-
tendente de Seguros de la Nación.
NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Av. Julio A. Roca 721 P.B.
Capital Federal.
e. 19/09/2012 Nº96223/12 v. 19/09/2012
#F4372542F#
#I4372543I#
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
RESOLUCION Nº37.108 DEL 13 SEP. 2012
EXPEDIENTE: 36.363. FIREMAN’S FUND INSURANCE COMPANY.
SINTESIS:
VISTO... Y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Dar de baja la inscripción de FIREMAN’S FUND INSURANCE COMPANY en el
Registro de Entidades de Seguros y Reaseguros, entidad inscripta bajo el número 717.
ARTICULO 2° — Comuníquese, notifíquese a FIREMAN’S FUND INSURANCE COMPANY en el
domicilio del apoderado Karina E. Feldman sito en Av. Corrientes 299, de la C.A.B.A (1043) y publí-
quese en el Boletín Ocial. — Lic. JUAN A. BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.
NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Av. Julio A. Roca 721 P.B.
Capital Federal.
e. 19/09/2012 Nº96224/12 v. 19/09/2012
#F4372543F#
#I4372399I#
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DIVISION ADUANA DE CONCEPCION DEL URUGUAY
EDICTO PARA ANUNCIAR MERCADERIA SIN TITULAR CONOCIDO
La Dirección General de Aduanas comunica mediante el presente por un (1) día a quienes
acrediten su derecho a disponer de la mercadería cuya identicación abajo se detalla, que
conforme lo estatuye el art. 418 de la Ley 22.415, podrán solicitar respecto de ella alguna des-
tinación autorizada, dentro de los 30 (treinta) días corridos contados desde la publicación del
presente bajo apercibimiento de declararla abandonada a favor del Estado según los términos
del Art. 417 siguientes y concordantes de la citada Ley, sin perjuicio del pago de las multas que
pudieren corresponder de conformidad a lo establecido en los art. 218 y 222 del mismo texto
legal.
A dichos efectos los interesados deberán presentarse en la Aduana de Concepción del Uru-
guay, sita en calle Estrada Nº4 de la ciudad de Concepción del Uruguay, Pcia. de Entre Ríos, en el
horario de 10:00 a 17:00 horas.
ACTUACION MERCADERIA GUIA
12468-243-2012 Zapatillas deportivas 0314-00000590
12468-243-2012/1 Zapatillas deportivas 0314-00000588
12468-243-2012/2 Zapatillas deportivas 0314-00000591
12468-243-2012/3 Zapatillas deportivas 0314-00000592
12468-243-2012/4 Zapatillas deportivas 0314-00000587
12468-243-2012/5 Zapatillas deportivas 0314-00000589
12468-242-2012 Zapatillas deportivas 0502-00000913
12468-242-2012/1 Zapatillas deportivas 0502-00000914
12468-244-2012 Zapatillas deportivas 1144-00004086

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