Resolucion N° 520-H

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición27 de Agosto de 2010

RESOLUCION N° 520-H

Mendoza, 27 de agosto de 2010

Visto el Expediente N° 74-D-10-01031 y el estado de cuenta de las Municipalidades de la Provincia en relación a la ejecución de las participaciones que les corresponden en los impuestos nacionales, provinciales y regalías, y

CONSIDERANDO:

Que se encuentra vigente el régimen de participación municipal previsto en la Ley N° 6396 y sus modificatorias;

Que asimismo, dicho régimen dispone en sus artículos 2°, 3° y 4° el procedimiento para la determinación de los índices de distribución entre los Municipios, de la participación en la recaudación de los Impuestos Inmobiliario, de Sellos, sobre los Ingresos Brutos y a los Automotores, Coparticipación Federal de Impuestos, Régimen de Consolidación Espontánea y de Plan Especial de Facilidades de Pago establecido por la Ley N° 6253 y regalías uraníferas e hidroeléctricas, conforme a lo cual se han fijado los prorrateadores aludidos correspondientes al ejercicio 2010, mediante la Resolución N° 517-H-10;

Que en consecuencia resulta necesario realizar el ajuste en las liquidaciones de participación municipal efectuadas hasta el 13 de agosto del corriente año, que surge de la aplicación de los prorrateadores definitivos;

Que el Decreto N° 686/02 establece que la distribución de las regalías petrolíferas y gasíferas se efectúa en base a índices mensuales, que se fijan en proporción directa a la producción de cada departamento correspondiente al antepenúltimo mes respecto del cual se efectúa dicha distribución. Conforme a ello, en la presente norma legal se fijan los relativos al mes de agosto de 2010;

Que se ha estimado el monto de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a los meses de abril, mayo, junio, julio y agosto de 2010, en virtud de que la registración contable de este recurso no se encuentra actualizada;

Que en oportunidad de contar con la pertinente certificación de recursos emitida por Contaduría General de la Provincia, se procederá a efectuar el ajuste de la presente liquidación;

Que del análisis de la liquidación practicada de acuerdo a los términos previstos en el régimen mencionado surge que las Municipalidades registran saldos favorables correspondientes a la segunda quincena del mes de agosto de este ejercicio;

Por ello,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1°

Fíjense para el mes de agosto de 2010, los índices de distribución entre...

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