RESOLUCION Nº 37.402 DEL 25 FEB. 2013
Fecha de disposición | 01 Marzo 2013 |
Fecha de publicación | 01 Marzo 2013 |
Sección | Resoluciones |
Viernes 1 de marzo de 2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.591 31
#I4416882I#
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
RESOLUCION Nº37.402 DEL 25 FEB. 2013
EXPEDIENTE: 35.355. Asunto: LONDON LIFE REINSURANCE COMPANY.
SINTESIS:
VISTO... Y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Cancelar la inscripción de LONDON LIFE REINSURANCE COMPANY en el
Registro de Entidades de Seguros y Reaseguros, entidad inscripta bajo el número 675.
ARTICULO 2° — Comuníquese, notifíquese y publíquese en el Boletín Ocial. — Lic. JUAN A.
BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.
NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Av. Julio A. Roca 721 P.B.
Capital Federal. e. 01/03/2013 Nº10882/13 v. 01/03/2013
#F4416882F#
#I4416785I#
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
En cumplimiento del Art. 32° del Decreto Nº2183/91, se comunica a terceros interesados, la
solicitud de inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE LA PROPIEDAD DE CULTIVARES de la
creación togenética de Lino (Linum usitatissimum) de nombre AGUARÁ INTA.
SOLICITANTE: INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA
REPRESENTANTE LEGALMENTE AUTORIZADO: María Elena Ragonese
INGENIERO PATROCINANTE: Héctor José Milisich
FUNDAMENTACION DE NOVEDAD: AGUARÁ INTA es una variedad de lino oleaginoso de al-
tura mediana, or circular, plana de color azul violáceo con un ciclo de oración precoz (112 días
de emergencia a plena oración). AGUARÁ INTA se diferencia de las variedades Panambí INTA y
Curundú INTA en las siguientes características:
Carácter Aguará INTA Panambí INTA Curundú INTA
Planta: altura Mediana Alta Mediana
Androceo: color lamento Levemente coloreado Levemente coloreado Incoloro
Porción coloreada del
lamento 1/3 Menos de 1/3
Posición relativa de los
estigmas Mismo nivel que las anteras Por debajo de las anteras Por sobre las anteras
FECHA DE VERIFICACION DE LA ESTABILIDAD: 14 de diciembre de 2007
Se recibirán las impugnaciones que se presenten dentro de los TREINTA (30) días de aparecido
este aviso.
Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, A/C Dirección de Registro de Variedades, Instituto Nacional
de Semillas. Res. INASE Nº2/2012. e. 01/03/2013 Nº10785/13 v. 01/03/2013
#F4416785F#
#I4416784I#
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
En cumplimiento del Art. 32° del Decreto Nº2183/91, se comunica a terceros interesados, la
solicitud de inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE LA PROPIEDAD DE CULTIVARES de la
creación togenética de Lino (Linum usitatissimum) de nombre CABURÉ INTA.
SOLICITANTE: INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA
REPRESENTANTE LEGALMENTE AUTORIZADO: María Elena Ragonese
INGENIERO PATROCINANTE: Héctor José Milisich
FUNDAMENTACION DE NOVEDAD: CABURÉ INTA es una variedad de lino oleaginoso de altura
mediana, or circular, plana de color azul violáceo con un ciclo de oración precoz (116 días de
emergencia a plena oración). CABURÉ INTA se diferencia de las variedades Panambí INTA y Carapé
INTA en las siguientes características:
Carácter CABURÉ INTA Panambí INTA Carapé INTA
Planta: altura Mediana Alta Mediana
Androceo: color lamento Incoloro Levemente coloreado Incoloro
Gineceo: coloración estigmas Violáceos Levemente violáceos Levemente violáceos
Gineceo: coloración estilo Coloreado Levemente coloreado Levemente coloreado
Gineceo: posición relativa estigmas Por debajo de las
anteras
Por debajo de las
anteras
Por sobre las anteras
FECHA DE VERIFICACION DE LA ESTABILIDAD: 21 de diciembre de 2009.
Se recibirán las impugnaciones que se presenten dentro de los TREINTA (30) días de aparecido
este aviso.
Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, A/C Dirección de Registro de Variedades, Instituto Nacional
de Semillas. Res. INASE Nº2/2012. e. 01/03/2013 Nº10784/13 v. 01/03/2013
#F4416784F#
#I4416813I#
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SERVICIOS
SECRETARIA DE ENERGIA
Resolución Nº55/2013
Bs. As., 22/2/2013
VISTO el Expediente Nº S01:0105384/2012 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que las Empresas listadas en el ANEXO que integra la presente resolución, han presentado la
solicitud correspondiente para su reconocimiento como agentes del MERCADO ELECTRICO MA-
YORISTA (MEM), en la condición de GRANDES USUARIOS MENORES (GUMEs), conforme lo es-
tablecen la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992, del Registro de la ex-SECRETARIA DE
ENERGIA ELECTRICA y la Resolución Nº137 de fecha 30 de noviembre de 1992, del Registro de la
ex-SECRETARIA DE ENERGIA, ambas dependientes del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS y sus modicatorias.
Que para la vinculación de las instalaciones eléctricas de cada una de las empresas solicitantes
con el SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXION (SADI), deberán contar con la prestación de la
FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA (FTT) de la EMPRESA DISTRIBUI-
DORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA (EDENOR S.A.).
Que las Empresas en cuestión han sido habilitadas a ingresar al MERCADO ELECTRICO MA-
YORISTA (MEM) en la condición de GRANDES USUARIOS MENORES (GUME’s), en forma provisoria
mientras se gestiona la presente tramitación.
Que el listado de las Empresas solicitantes ha sido publicado en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA Nº32.392 de fecha 8 de mayo de 2012, no habiéndose presentado obje-
ciones u oposiciones derivadas de dicha publicación.
Que la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA dependiente de la SECRETARIA DE ENER-
GIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y la DI-
RECCION NACIONAL DE PROSPECTIVA dependiente de la citada Subsecretaría han tomado la
intervención de su competencia.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA
LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha
tomado la intervención de su competencia.
Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los artículos 35
y 36 de la Ley Nº24.065.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE ENERGIA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Autorízase el ingreso de las Empresas que guran en el ANEXO que integra la
presente resolución, como agentes del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), en su condi-
ción de GRANDES USUARIOS MENORES (GUMEs), a partir del 1° de mayo de 2012, ajustándose al
cumplimiento de la normativa vigente.
ARTICULO 2° — Establécese que la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA
NORTE SOCIEDAD ANONIMA (EDENOR S.A.) deberá prestar a los agentes cuyo ingreso se autori-
za por el presente acto, la FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA (FTT)
según lo determinado en el Contrato de Concesión del Servicio Público de Distribución correspon-
diente.
ARTICULO 3° — Instrúyese al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED) a noticar a
los nuevos agentes, a los generadores que celebraron contratos con las empresas ingresantes y a
EDENOR S.A., e informar a todos los agentes del MEM lo resuelto en el presente acto.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Ocial y
archívese. — Ing. DANIEL CAMERON, Secretario de Energía.
ANEXO
EMPRESAS QUE INGRESAN COMO AGENTES DEL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA
(MEM) EN SU CALIDAD DE GRANDES USUARIOS MENORES (GUMEs), A PARTIR DEL 1° DE MAYO
DE 2012.
DISTRIBUIDOR O PAFTT: EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SO-
CIEDAD ANONIMA (EDENOR S.A.)
RAZON SOCIAL DIRECCION DEL
SUMINISTRO LOCALIDAD GENERADOR
TERMINAL 4 S.A. Avda. Presidente Ramón
Castillo Nº11
Ciudad Autónoma de
Buenos Aíres
Centrales de la COSTA
ATLANTICA
BINGO KING S.A. Constitución Nº1080 SAN FERNANDO (Prov. de
Buenos Aires)
CEMSA por C.T.
COSTANERA
e. 01/03/2013 Nº10813/13 v. 01/03/2013
#F4416813F#
#I4416814I#
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SERVICIOS
SECRETARIA DE ENERGIA
Resolución Nº56/2013
Bs. As., 22/2/2013
VISTO el Expediente Nº S01:0105309/2012 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
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