RESOLUCION Nº 37.339 DEL 28 DIC. 2012

Fecha de disposición08 Enero 2013
Fecha de publicación08 Enero 2013
SecciónResoluciones
Martes 8 de enero de 2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.557 30
ANEXO IV - RESOLUCION Nº37.338
Ampliación Geográca - Productores - Asesores de Seguros
en Patrimoniales y Vida
MATRICULA APELLIDO Y NOMBRE TD NUMERO
2990 DE ZAN, OSCAR ALFREDO DNI 11950418
32094 PAGANI, JORGE OSCAR DNI 11425561
34123 SCHMIDT, CARLOS ALBERTO LE 8562558
41104 BUSTOS, GUSTAVO DANIEL DNI 17006284
45057 SOLER, MIGUEL ANGEL DNI 6074092
49303 ZALUSKI, MIGUEL ANGEL DNI 11850771
53749 SOSA, PATRICIA MARCELA DNI 14337412
55161 TORRES, JULIO CESAR DNI 8214107
56217 GUZMAN, EDGARDO ADOLFO DNI 14354459
60435 BISCONTE, LUIS VICENTE DNI 8188960
60716 LALINDE, MAURICIO RUBENS FELIPE DNI 25233937
63012 LOVAGLIO GOMEZ, JACINTO FRANCISCO DNI 8035317
64329 GARCIA, MARIELA CLARA DNI 23510326
e. 08/01/2013 Nº497/13 v. 08/01/2013
#F4406497F#
#I4406498I#
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
RESOLUCION Nº37.339 DEL 28 DIC. 2012
EXPEDIENTE Nº51.733 - “INSCRIPCION DE PERSONAS JURIDICAS EN EL REGISTRO DE
SOCIEDADES DE PRODUCTORES DE SEGUROS”.
SINTESIS:
VISTO... Y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Inscribir en el Registro de Sociedades de Productores de Seguros, para ejercer
la actividad de intermediación en seguros, en el territorio nacional y en todas las ramas del seguro,
a las personas jurídicas que se detallan en el ANEXO I de la presente resolución.
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Ocial. — Lic. JUAN A.
BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.
NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en Avda. Julio A.
Roca 721 P.B., de esta Ciudad de Buenos Aires.
ANEXO I - RESOLUCION Nº37.339
Sociedades de Productores de Seguros en Patrimoniales y Vida
MATRICULA RAZON SOCIAL
1180 ICONO SRL
1181 SCHWARTZMAN & ASOCIADOS SA
1182 ORGANIZACION DE PRODUCTORES B & R SRL
1183 J N ASESORES DE SEGUROS SA
1184 SEGURMAX S.R.L.
e. 08/01/2013 Nº498/13 v. 08/01/2013
#F4406498F#
#I4406506I#
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
El Departamento de Infracciones y Ejecuciones Fiscales de la Dirección General Técnica Jurídica
de la Dirección Nacional de Migraciones, sito en Avda. Antártida Argentina 1355, Edicio 1, de la Ciu-
dad Autónoma de Buenos Aires, notica al sumariado, Han YOO, con DNI 11.400.809, la apertura de
sumario, dispuesta en el Expediente CUDAP Nº2569/2011, que en su parte pertinente dice: “Buenos
14 de junio de 2011.- VISTO el Acta Circunstanciada de Inspección Migratoria obrante a fs. 4/5, de fe-
cha de 26/01/2011, en el cual el funcionario interviniente constató que las siguientes personas extran-
jeras: Jimi PARK, de nacionalidad coreana; Minhee KIM, de nacionalidad coreana; Suk Jin PARK, de
nacionalidad coreana; Kwang Sun KIM, de nacionalidad coreana; Young Sun KIM, de nacionalidad co-
reana; se encontraban trabajando “prima facie” en violación a las disposiciones del art. 55 y siguientes
de la Ley 25.871, INSTRUYASE SUMARIO DE FALTAS, a Han YOO, DNI 11.400.809, con domicilio en
Zelarrayán Nº1826, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad a lo previsto por el art.
15 inc. a) del Título II del Anexo II del Reglamento de Migraciones aprobado por Decreto Nº616/2010.
Notifíquese en los términos del art. 16 del Título II del Anexo II del Reglamento de Migraciones, hacién-
dose saber que en el plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos podrá presentar su descargo y
ofrecer las pruebas que estime corresponder. Fdo Dario S. Fernández; “Buenos Aires, 11 de diciembre
de 2012.- Atento el estado de las presentes actuaciones, notifíquese al sumariado, la apertura de
sumario, de fojas 58 mediante la publicación de edictos por tres días en el Boletín Ocial. Fdo. Dr.
Darío Santiago Fernández A/C del Dpto. de Infracciones y Ejecuciones Fiscales - Dirección Nacional
de Migraciones.” — Dr. GUILLERMO E. MAZARS, Subdirector Nacional de Migraciones, Ministerio del
Interior y Transporte, Disposición DNM Nº522/12. e. 08/01/2013 Nº506/13 v. 10/01/2013
#F4406506F#
#I4406464I#
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SERVICIOS
SECRETARIA DE ENERGIA
Resolución Nº2537/2012
Bs. As., 28/12/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0339407/2012 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que la Redeterminación de canon o precio de una Ampliación de Transporte de Energía Eléctri-
ca en Alta Tensión se rige por lo dispuesto por el Decreto Nº634 de fecha 21 de agosto de 2003 que
se complementa con las resoluciones números 948 de fecha 10 de agosto de 2005 y 1.205 de fecha
30 de agosto de 2006 todas de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que oportunamente, la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) convocó a la Licitación
Pública Internacional Nº 05/2007 con el objeto de seleccionar a DOS (2) TRANSPORTISTAS, DOS
(2) TRANSPORTISTAS INDEPENDIENTES o DOS (2) interesados en convertirse en TRANSPOR-
TISTAS INDEPENDIENTES para realizar la Interconexión NEA - NOA Rubro 1 y Rubro 2, resultando
adjudicatarias las empresas INTEGRACION ELECTRICA SUR ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA
(INTESAR) y LINEAS DEL NORTE SOCIEDAD ANONIMA (LINSA), respectivamente, rmándose los
correspondientes contratos el día 16 de septiembre de 2008.
Que los contratos mencionados anteriormente prevén la redeterminación de los precios y para
ello la aplicación de lo establecido por el Decreto Nº634/2003, las resoluciones números 948/2005
y 1.205/2006, ambas de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDE-
RAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y los criterios establecidos en los respectivos Pliegos de
Bases y condiciones para la Contratación.
Que a los efectos del cumplimiento de lo establecido por el Decreto Nº634/2003 y en base a las
facultades otorgadas por el Artículo 3° de la Resolución Nº948/2005 y por el Artículo 7° de la Reso-
lución Nº1.205/2006 ambas de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se han cumplimentado en la etapa licitatoria todos
los pasos necesarios para establecer, en consulta con los proponentes, mediante condiciones espe-
cícas establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones para la Contratación, los coecientes de
ponderación de la participación de los Insumos en el Rubro Principal que corresponde, en un todo
de acuerdo a lo dispuesto por las normas citadas.
Que mediante la Resolución Nº1.288 de fecha 24 de octubre de 2011 de la SECRETARIA DE
ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se
procedió a aprobar la primera redeterminación de precios del Contrato de Construcción, Operación
y Mantenimiento de la Ampliación INTERCONEXION NEA-NOA Tramo Oeste y de la INTERCO-
NEXION NEA-NOA Tramo Este al mes de diciembre de 2009.
Que los contratistas de los respectivos contratos han presentado sendas notas, NPCOM-OE
7809, NPCOM-ES-2984 y NPCOM-ES-7982, solicitando la aplicación de la redeterminación según
lo establecido en el pliego.
Que los organismos técnicos competentes han vericado que la variación promedio de costos de
los rubros principales que componen cada provisión u obra, han alcanzado para cada caso un valor tal
que resulta una variación promedio del precio actual del contrato superior al DIEZ POR CIENTO (10%).
Que habiéndose superado el umbral del DIEZ POR CIENTO (10%) en la variación promedio de
los precios de los Contratos de Construcción, Operación y Mantenimiento (COM) de la Ampliación
INTERCONEXION NEA-NOA Tramo Oeste y de la INTERCONEXION NEA-NOA Tramo Este, queda
habilitada la aplicación de la segunda redeterminación de precios en las condiciones establecidas
por el Decreto Nº634/2003.
Que se ha procedido por parte de los organismos técnicos competentes, a la redeterminación
de los precios del contrato, aplicando para ello las fórmulas especicadas en el mencionado Decreto
Nº634/2003, con el procedimiento y los factores de ponderación de participación de Insumos denitivos,
aprobados y establecidos con la mecánica de participación de los oferentes expuesta anteriormente.
Que los precios del contrato redeterminado resultan los que se indican en los Cuadros que
como ANEXOS I y II forman parte integrante de la presente.
Que mediante Nota Nº UEP 180 de fecha 05 de septiembre de 2012 la UNIDAD EJECUTORA
DEL PROGRAMA (UEP) maniesta la existencia de fondos que permiten asegurar el nanciamiento
de todas las erogaciones derivadas del Contrato.
Que el COMITE DE ADMINISTRACION DEL FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE
ELECTRICO FEDERAL de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FE-
DERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA
LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha
tomado la intervención que le compete.
Que la SECRETARIA DE ENERGIA se encuentra facultada para el dictado del presente acto en
virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº634 de fecha 21 de agosto de 2003.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE ENERGIA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase la tercera redeterminación de precios del contrato de Construcción,
Operación y Mantenimiento de la Ampliación Interconexión NEA - NOA Tramo Oeste, suscripto por
la Firma INTEGRACION ELECTRICA SUR ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA (INTESAR) en su ca-
rácter de Sociedad Autorizada y la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP).
ARTICULO 2° — Determínase que el monto total del contrato con la 3a redeterminación de
precios al mes de septiembre de 2010 asciende a PESOS UN MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE
MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO
CON SIETE CENTAVOS ($1.179.454.748,07), según se detallan en el Cuadro que como ANEXO I
forma parte integrante de la presente, no contemplando este monto el Impuesto al Valor Agregado.
ARTICULO 3° — Apruébase la tercera y cuarta redeterminación de precios del contrato de
Construcción, Operación y Mantenimiento de la Ampliación Interconexión NEA - NOA Tramo Este,
suscripto por la Firma LINEAS DEL NORTE SOCIEDAD ANONIMA en su carácter de Sociedad Au-
torizada y la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP).
ARTICULO 4° — Determínase que el monto total del contrato con la 3a redeterminación de
precios al mes de septiembre de 2010 asciende a PESOS UN MIL CIENTO CINCUENTA Y NUEVE
MILLONES SEISCIENTOS VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON SETENTA
Y SEIS CENTAVOS ($1.159.626.694,76) y con la 4a redeterminación de precios al mes de mar-
zo de 2011, asciende a PESOS UN MIL CIENTO SESENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS
TREINTA Y TRES SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS
($1.167.833.659,99), según se detallan en el Cuadro que como ANEXO II forma parte integrante de
la presente, no contemplando este monto el Impuesto al Valor Agregado.

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