Resolución Nº 668 Des

EmisorDirec de Educacion Secundaria
Fecha de la disposición27 de Septiembre de 2011

RESOLUCIÓN Nº 668 DES

Mendoza, 27 de setiembre de 2011

Visto: La necesidad de convocar a Concurso de Traslados Ordinarios de cargos y/u horas cátedra de la Dirección de Educación Secundaria, en cumplimiento del Art. 6° Inc. c) de la Ley 4934 - Estatuto del Docente y Cap. XIII del Decreto Reglamentario 313/85, y;

CONSIDERANDO:

Que según el Art. 33 de la Ley 4934; "El personal docente podrá solicitar traslado por razones de salud, necesidades del núcleo familiar u otros motivos debidamente fundados".

Que según el Art. 62 del Decreto Reglamentario 313/85 el personal docente y auxiliar tendrá derecho a solicitar traslado después de 2 (dos) años de actuación en la misma escuela o localidad.

Que el personal docente que se haya desempeñado durante 1 (un) año en escuelas de ubicación muy desfavorable, desfavorable o rural tendrá derecho al traslado a escuelas de mejor ubicación según el Art. 63 del Decreto 313/85.

Que el Art 65 del Decreto 313/85 establece que los traslados se acordarán a solicitud de los interesados.

Que el personal docente que solicite traslado deberá estar comprendido en la situación del Art. 3° Inc. a) de la Ley 4934 Estatuto del Docente, es decir revistar en carácter de "activo".

Que las solicitudes de traslados tendrán carácter de Declaración Jurada, conforme lo estipula el Art. 67 del Decreto reglamentario 313/85.

Que Junta Calificadora de Méritos de Educación Secundaria elaborará un Orden de Mérito teniendo en cuenta la antigüedad como titular en la escuela en la que solicita el traslado y la causal que motiva el mismo.

Por ello,

LA

DIRECTORA

DE EDUCACIÓN SECUNDARIA

RESUELVE:

Artículo 1°

Convocar a Concurso de Traslado Ordinario para el ciclo 2012, de cargos y/u horas cátedra de la Dirección de Educación Secundaria, abriendo la inscripción en las escuelas desde el 03 -10- 2011 al 31-10- 2011.

Artículo 2°

Cada docente deberá llenar una solicitud por escuela desde donde solicita el traslado, firmada por los respectivos Directores avalando los datos consignados. Todos los datos que se consignen son al 30/09/11. La/s solicitud/es (Anexo I) tienen carácter de Declaración Jurada.

Artículo 3°

Junta Calificadora de Méritos de Educación Secundaria elaborará el Orden de Mérito teniendo en cuenta:

  1. Antigüedad

    Antigüedad como titular en la Escuela al 30-09-11

    1,000 (un) punto por año

  2. Causales: (adjuntar certificados)

    b.1) Causal I: Motivos de Salud debidamente certificado por Salud Laboral

    1. Por enfermedad del agente:

      Grado 0

      0,000 (cero) puntos

      Grado 1

      1,500 (uno con quinientos milésimos) puntos

      Grado 2

      3,000 (tres) puntos

      Grado 3

      5,000 (cinco) puntos

    2. Por enfermedad del hijo del agente (si no es transitoria) y/o hijo discapacitado

      1,500 (uno con quinientos milésimos) puntos

    3. Por enfermedad del cónyuge o padres ancianos a su único cuidado y con certificado de convivencia

      1,500 (uno con quinientos milésimos) puntos

      RESOLUCIÓN Nº

      0668

      DES

      b.2)...

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