Resolución Nº C. 11/2012

Fecha de disposición23 Marzo 2012
Fecha de publicación26 Junio 2012
SecciónResoluciones

Mendoza, 23/3/2012

VISTO el Expediente Nº S93:0007022/2010, la Ley Nº 25.163, su Decreto Reglamentario Nº 57 de fecha 14 de enero de 2004, las Resoluciones Nros. C. 23 de fecha 22 de diciembre de 1999 y C. 32 de fecha 14 de noviembre de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, la firma ALTOS LAS HORMIGAS S.A., solicita el reconocimiento, registro, protección y derecho a uso de la Indicación Geográfica (I.G.) VISTA FLORES.

Que conforme a la Ley Nº 25.163 y su Decreto Reglamentario Nº 57 de fecha 14 de enero de 2004, se establecieron las Normas Generales para la Designación y Presentación de Vinos y Bebidas Espirituosas de Origen Vínico de la Argentina, siendo el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV) el órgano de aplicación de dicha norma.

Que conforme al Capítulo X, artículo 50 de la precitada Ley, este Instituto dictó la Resolución Nº C. 23 de fecha 22 de diciembre de 1999, la que, como Anexo IV, forma parte del decreto reglamentario pertinente, aprobando el Padrón Básico de las Areas Geográficas y Areas de Producción Preliminares que, por sus aptitudes para la producción de uvas, puedan pretender acceder a una Denominación de Origen Controlada (D.O.C.) o a una Indicación Geográfica (I.G.).

Que en el mencionado padrón figura VISTA FLORES como una región vitivinícola reconocida, de características particulares para el cultivo de la vid.

Que conforme a los antecedentes presentados en el expediente citado en el Visto y los estudios realizados por los sectores competentes de este Instituto, el área de producción de la Indicación Geográfica cuyo reconocimiento se solicita está formada por terruños con cualidades distintivas, aptos para la producción de vinos de calidad.

Que se ha dado cumplimiento a los requisitos iniciales de presentación, previstos en el Capítulo III, artículos ,10 y 11 y Capítulo X, artículo 54 de la Ley Nº 25.163 y en el Anexo I, Capítulo X, artículo 54, punto b) del Decreto Reglamentario Nº 57/04, según consta a fojas 51 y vuelta.

Que dadas las condiciones señaladas, cabe reconocer el área solicitada bajo el nombre de VISTA FLORES, como una Indicación Geográfica de la REPUBLICA ARGENTINA.

Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos del INV ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878, 24.566 y 25.163 y el Decreto Nº 1306/08,

EL PRESIDENTE

DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

RESUELVE:

  1. — Reconócese...

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