RESOLUCION Nº 37.010 DEL 17 AGO. 2012

Fecha de disposición24 Agosto 2012
Fecha de publicación24 Agosto 2012
SecciónResoluciones
Viernes 24 de agosto de 2012 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.466 38
#I4364092I#
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
RESOLUCION Nº37.014 DEL 17 AGO. 2012
EXPEDIENTE Nº57.285
SINTESIS:
VISTO... Y CONSIDERANDO…
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Inscribir a PRUDENTIAL SEGUROS S.A. en el Registro Especial del Seguro
Colectivo de Vida Obligatorio - Decreto Nº1567/74, habilitado para las entidades que operen en
dicho seguro, bajo el número 284.
ARTICULO 2º — Comuníquese, notifíquese y publíquese en el Boletín Ocial. — Lic. JUAN A.
BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.
NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Av. Julio A. Roca 721 Plan-
ta Baja, Capital Federal - Mesa de Entradas.
e. 24/08/2012 Nº87772/12 v. 24/08/2012
#F4364092F#
#I4364093I#
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
RESOLUCION Nº37.012 DEL 17 AGO. 2012
EXPEDIENTE Nº54.858 - Apertura de sucursal en Rosario.
SINTESIS:
VISTO... Y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Autorizar a “NACION SEGUROS S.A.” con domicilio en la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, a instalar una Sucursal en Rosario a los nes de contratar, por su intermedio,
operaciones de seguros en los ramos en que se encuentra habilitada la Casa Matriz, con los Ele-
mentos Técnico Contractuales que en su oportunidad le fueron, o en el futuro, le fueran aprobados,
ajustados, en cuanto corresponda, en lo concerniente al domicilio en que se emitieran y rmaran las
pólizas, así como en lo referente a la denuncia de siniestro y Jurisdicción.
ARTICULO 2º — Hacer saber a la peticionante que:
a.- Deberá inscribir la constitución y el mandato conferido en el Registro Público de Comer-
cio correspondiente e informar posteriormente a esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA
NACION a los efectos de su inscripción en el Registro de Entidades de Seguros, en su carácter de
sucursal habilitada.
b.- La aseguradora deberá habilitar Registros separados a los de su casa matriz.
ARTICULO 3º — Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Ocial. — Lic. JUAN A.
BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.
NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Av. Julio A. Roca 721, P.B.,
Capital Federal. e. 24/08/2012 Nº87773/12 v. 24/08/2012
#F4364093F#
#I4364097I#
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
RESOLUCION Nº37.011 DEL 17 AGO. 2012
EXPEDIENTE Nº54.858 - Asunto: Apertura de sucursal en Posadas.
SINTESIS:
VISTO... Y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Autorizar a “NACION SEGUROS S.A.” con domicilio en la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, a instalar una Sucursal en Posadas a los nes de contratar, por su intermedio,
operaciones de seguros en los ramos en que se encuentra habilitada la Casa Matriz, con los Ele-
mentos Técnico Contractuales que en su oportunidad le fueron, o en el futuro, le fueran aprobados,
ajustados, en cuanto corresponda, en lo concerniente al domicilio en que se emitieran y rmaran las
pólizas, así como en lo referente a la denuncia de siniestro y Jurisdicción.
ARTICULO 2º — Hacer saber a la peticionante que:
a.- Deberá inscribir la constitución y el mandato conferido en el Registro Público de Comer-
cio correspondiente e informar posteriormente a esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA
NACION a los efectos de su inscripción en el Registro de Entidades de Seguros, en su carácter de
sucursal habilitada.
b.- La aseguradora deberá habilitar Registros separados a los de su casa matriz.
ARTICULO 3º — Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Ocial. — Lic. JUAN A.
BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.
NOTA: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Av. Julio A. Roca 721, P.B.,
Capital Federal. e. 24/08/2012 Nº87777/12 v. 24/08/2012
#F4364097F#
#I4364098I#
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
RESOLUCION Nº37.010 DEL 17 AGO. 2012
EXPEDIENTE Nº 35.571 (Copia) - Reforma de los artículos 12º y 18º del estatuto social
de PROTECCION MUTUAL DE SEGUROS DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS.
SINTESIS:
VISTO... Y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Conformar la reforma de los artículos 12º y 18º del estatuto social de PROTEC-
CION MUTUAL DE SEGUROS DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS de conformidad con
lo aprobado por la Acta de Asamblea Nº16 celebrada el 20 de octubre de 2011.
ARTICULO 2º — Conérase intervención al INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y
ECONOMIA SOCIAL (INAES).
ARTICULO 3º — Oportunamente hágase saber a la Gerencia de Autorizaciones y Registros a los
nes de que se tome razón en el Registro de Entidades a cargo del Organismo.
ARTICULO 4º — Regístrese, notifíquese y publíquese en el Boletín Ocial. — Lic. JUAN A. BON-
TEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.
NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en la Mesa de
Entradas de la Superintendencia de Seguros de la Nación sita en Av. Julio A. Roca 7211, PB. de la
Ciudad de Buenos Aires.
e. 24/08/2012 Nº87778/12 v. 24/08/2012
#F4364098F#
#I4363986I#
MINISTERIO DE EDUCACION
Resolución Nº1363/2012
Bs. As., 14/8/2012
VISTO el Expediente Nro. 5226/12 del registro de este MINISTERIO DE EDUCACION; y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el VISTO tramita la reforma del Estatuto del INSTITUTO UNI-
VERSITARIO DE LA POLICIA FEDERAL.
Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley Nº24.521 de Educación
Superior, las Instituciones Universitarias deben comunicar a este MINISTERIO DE EDUCACION las
modicaciones que introduzcan en sus estatutos académicos a efectos de vericar la adecuación
del proyecto de reforma estatutaria a la legislación vigente y ordenar, de corresponder, la pertinente
publicación en el Boletín Ocial.
Que la reforma del estatuto del INSTITUTO UNIVERSITARIO DE LA POLICIA FEDERAL propues-
ta, no amerita la formulación de objeciones de fondo.
Que se han acompañado los actos internos que dan cuenta de la aprobación de la reforma en el
seno de la Institución y por parte de todas las autoridades que estatutariamente deben intervención
en la misma.
Que ha tomado la intervención que le corresponde la DIRECCION NACIONAL DE GESTION
UNIVERSITARIA, dependiente de la SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha emitido el dictamen de su com-
petencia.
Que consecuentemente, y en uso de la facultad conferida por el artículo 34 de la Ley Nº24.521
corresponde aprobar la reforma del Estatuto mencionado y disponer su publicación en el Boletín
Ocial.
Por ello,
EL MINISTRO
DE EDUCACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Aprobar la reforma del Estatuto del INSTITUTO UNIVERSITARIO DE LA POLI-
CIA FEDERAL que se trajo a consideración de este MINISTERIO DE EDUCACION.
ARTICULO 2º — Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del nuevo texto del Estatuto
del INSTITUTO UNIVERSITARIO DE LA POLICIA FEDERAL que obra como Anexo de la pre-
sente.
ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y, cumplido, archívese. — Prof. ALBERTO E. SILEONI, Ministro de Educación.

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