Resolución N° 996 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor18 de Diciembre de 2017
EmisorMinisterio de educación
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXVI - Nº 241
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 13 DE DICIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
por Resolución Normativa 1/2015, los siguientes puntos:
35.5.5 Corrección de errores materiales
Los errores materiales y datos faltantes de los planos a actualizar
podrán ser subsanados mediante el acto de vericación del estado
parcelario, siempre que los mismos resulten evidentes y puedan ser
deducidos por procedimientos matemáticos o por cotejo con los an-
tecedentes tenidos a la vista; debiendo dejar debida constancia en el
informe técnico.
35.5.6 Documentación
Hasta tanto se disponga del aplicativo web correspondiente, el acto de
vericación de subsistencia del estado parcelario será documentado
mediante un reporte técnico del acto, declaración jurada de mejoras
rmada por el profesional, informe técnico y un documento gráco del
inmueble, estos dos últimos documentos en caso de corresponder.
El reporte técnico se realizará conforme al formulario que, como ane-
xo de la presente, se aprueba a tal n, el que estará disponible en la
página web de Catastro.
35.5.7 Tramitación
Los documentos del acto serán presentados por duplicado, debiendo
estar todos ellos debidamente rmados por el o los profesionales in-
tervinientes. En el reporte técnico deberá constar la intervención del
Colegio Profesional correspondiente.
Recibida la documentación y vericadas las rmas e intervención del
Colegio correspondiente, se procederá a sellar y rmar todos los do-
cumentos y a registrarlos en el Sistema de Información Territorial; a tal
n, los mismos serán escaneados y anexadas a la imagen del plano
que se actualiza. Se entregará un juego de los documentos con los
sellos y rmas correspondientes al solicitante, y el otro juego que se
considerará como original, será archivado.
En caso que no verique la subsistencia del estado parcelario, el infor-
me técnico debidamente rmado por el profesional e intervenido por
el Colegio correspondiente, servirá de base para tomar los recaudos
pertinentes en relación al plano.
ARTÍCULO 3: Protocolícese, publíquese, notifíquese y archívese.
FDO: ING. AGRIM. GUSTAVO M. GARCÍA, DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO
ANEXO: https://goo.gl/ruL9sn
FDO: SILVINA RIVERO, SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNA-
CION / JOSE ERNESTO SONZINI, DIRECTOR GENERAL DE GESTION
SALARIAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN
TÉCNICA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución Nº 996
Córdoba, 11 de diciembre de 2017
VISTO: La ResoluciónDGETyFP Nº 0994/17, por la cual se declara la va-
cancia de cargos y se convoca a Concurso de Títulos, Antecedentes y
Oposición para cubrir cargos de Director y de Vicedirector en centros edu-
cativos de Nivel Medio dependientes de esta Dirección General, en el mar-
co establecido en la Ley N° 10237 y su Decreto Reglamentario N° 930/15; y
CONSIDERANDO:
Que en el mencionado instrumento legal se deslizaron errores materia-
les, por lo que resulta necesario proceder a su recticación y ampliación;
Por ello y en uso de atribuciones que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN TÉCNICA
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
R E S U E L V E
Art. 1º.- RECTIFICARel Artículo 3º de la Resolución DGETyFP N°
0994/17, por el cual se dispone que los aspirantes al concurso se inscriban
para los cargos vacantes ante la Comisión Permanente de Concursos que
funciona en Colón 93 – 5to. piso - B° Centro, en el período comprendido
entre el 14/12/2017 y el 20/12/2017 inclusive, de 9:00 a 17:00 hs.; como a
continuación se especica;
DONDE DICE:“…debiendo optar por un solo establecimiento y cargo, en el
ámbito geográco de la/s inspección/es que pertenece/n…”
DEBE DECIR: “…debiendo optar por un solo establecimiento y cargo, en
el ámbito geográco de la/s inspección/es que pertenece/n y de otras ins-
pecciones…”
Art. 2°.- RECTIFICAR el Anexo I de la ResoluciónDGETyFP N°
0994/17, mediante el cual se nominan los cargos de Director a concursar
en distintos centros educativos de Nivel Medio dependientes de esta Direc-

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