Resolución N° 98 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor30 de Mayo de 2019
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Fecha de la disposición22 de Abril de 2019
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVI - TOMO DCLIII - Nº 102
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 30 DE MAYO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba”
Condiciones agregado en autos resulta adecuado como base del llamado
a licitación pública que se propicia, ajustándose a las disposiciones del De-
creto N° 1505/2016 y de la Ley Nº 10.417, modicatoria de la Ley de Obras
Públicas Nº 8614, como también que es acorde a la nueva normativa im-
puesta por Decretos Nros. 108/2018 y 1082/2018, modicatorio del decreto
N° 1419/2017, con las salvedades allí expuestas.
Que de los Pliegos incorporados en autos surge que el procedimiento
de contratación es la Licitación Pública y que el sistema de contratación
es por Ajuste Alzado, como también que el Presupuesto Ocial estimado
asciende a la suma de $11.178.718,29
Que obra informe de la Sección Estudio de Costos de la citada Secre-
taría en el cual se expresa que los precios detallados en el presupuesto
ocial son acordes a valores de mercado al mes de Julio de 2018.
Que asimismo y conforme lo previsto en el artículo 3º del Decreto Nº
180/08, el Ministerio de Salud deberá respetar las disposiciones de la Ley
de Obras Públicas Nº 8614 y sus modicatorias, entre ellas la Ley N°
10.417 y sus Decretos Reglamentarios, como toda otra normativa aplica-
ble, en relación al procedimiento de contratación.
Que dicho organismo deberá también informar oportunamente de la
presente contratación al Registro de Constructores de Obra Pública, a los
nes de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7 -segundo párrafo-
del Anexo I al Decreto 1419/2017.
Que de lo informado en autos el inmueble gura afectado al Ministerio
de Salud de la Provincia de Córdoba, en cumplimiento del art. 3 de la Ley
8614.
Que obra Dictamen Nº 180/2019 de la Dirección General de Asuntos
Legales este Ministerio en el que se expresa que, en virtud de las consi-
deraciones de hecho y derecho vertidas en autos, de los informes técnicos
elaborados por las áreas competentes y visto que se da cumplimiento a las
disposiciones de la Ley Nº 8614, modicada por Ley Nº 10.417, Anexo I al
Decreto N° 1505/2016, Decretos Reglamentarios Nº 4757/77 y Nº 4758/77,
entiende que atento que la obra supera el índice trescientos (300) resulta
oportuno dictar el instrumento legal por el cual se apruebe la ejecución de
la misma. Asimismo, expresamente maniesta que se deberá dar cumpli-
miento a toda la precitada normativa a lo largo de todo el procedimiento, en
especial lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Nº 1419/2017.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº
180/2019 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la
ejecución de los trabajos a contratar por el Ministerio de Salud referidos
a la obra: “CENTRO DE REHABILITACIÓN – HOSPITAL DOMINGO FU-
NES – VILLA CAEIRO - PROVINCIA DE CÓRDOBA”, conforme la do-
cumentación técnica compuesta por Memoria de Arquitectura, Criterios
para Presentación de Proyectos de Ingeniería de Detalle en Estructuras e
Instalaciones, Pliegos Particulares de Especicaciones Técnicas, Planos,
Computo Métrico, Presupuesto Ocial y Pliego Par ticular de Condiciones
con sus Anexos, elaborados por la Dirección General de Infraestructura y
la Dirección General de Compras y Contrataciones, ambos del Ministerio
de Salud como también el Presupuesto Ocial por la suma de Pesos Once
Millones Ciento Setenta y Ocho Mil Setecientos Dieciocho con Veintinueve
Centavos ($11.178.718,29).
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, pase al Ministerio de Salud a sus efectos y archívese.
FDO: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Resolución N° 98
Córdoba, 22 de abril de 2019
VISTO: este expediente en el que la Secretaría de Arquitectura mediante
Resolución Nº 110/2019 deja sin efecto en todos sus términos sus Reso-
luciones Nros. 508,509 y 510 del año 2018 y propicia la aprobación de las
Actas de Aceptación de Adecuación Provisoria de Precios Nros. 2, 3 y 4 por
las variaciones de costos vericadas en los meses de abril, junio y agosto
de 2018, respectivamente, en el “Desarrollo del Proyecto de Ingeniería de
Detalles de Estructura e Instalaciones Eléctrica, Sanitaria y Termomecáni-
ca y la ejecución de la Obra: “RECUPERACIÓN DEL EDIFICIO EXISTEN-
TE PARA EL C.P.C., ubicado en Avda. Richieri esquina Celso Barrios – Bº
Jardín Espinosa – CÓRDOBA – CAPITAL”, suscriptas con fecha 11 de mar-
zo de 2019, entre el señor Director General de Obras de la citada Secreta-
ría y el Apoderado de la Empresa E.G.B.C. S.R.L, contratista de la obra.
Y CONSIDERANDO: Que obra en autos la Resolución Ministerial Nº 4 33
de fecha 19 de diciembre de 2018 por la cual se aprobaron las Actas de
Aceptación de Adecuación Provisoria de Precios Nros. 2, 3 y 4 por va-
riaciones de costos verificadas en los meses de abril, junio y agosto de
2018 para la obra de que se trata, suscriptas con fechas 14 y 16 de no-
viembre de 2018, entre el señor Director General de Obras de la Secre-
taría de Arquitectura y el representante legal de la Empresa E.G.B.C.
S.R.L, contratista de la obra, por las sumas de $ 2.094.046,60, $
1.407.978,98 y $ 265.755,88, respectivamente.
Que con fecha 21 de enero de 2019, el Tribunal de Cuentas de
la Provincia dispone la devolución sin intervención de las presentes
actuaciones, por considerar que presentan errores formales y/o admi-
nistrativos.
Que en virtud de ello la Sección Estudio de Costos de la Secretaría
de Arquitectura agrega nuevo informe de Adecuación Provisoria del
cual surge que se procedió a confeccionar los nuevos cálculos en
un todo de acuerdo al Decreto Nº 800/2016 y señala que el presupues-
to de obra está conformado por las redeterminaciones que detallan en
las Planillas de Cálculo, siendo la fecha de la segunda adecuación pro-
visoria el mes de abril de 2018, la variación de referencia del 9,28%,
el saldo a integrar por Adecuación Provisoria al 95% de la variación
incluida en el factor de redeterminación es de $ 1.316.957,86, la
tercera adecuación provisoria de fecha junio de 2018, la variación
de referencia del 7,86%, el saldo a integrar por Adecuación Provisoria
al 95% de la variación incluida en el factor de redeterminación
es de $ 623.496,51 y la cuarta adecuación provisoria de fecha agosto
de 2018, la variación de referencia del 9,37%, el saldo a integrar por
Adecuación Provisoria al 95% de la variación incluida en el factor
de redeterminación es de $ 265.754,10, ascendiendo el nuevo costo
del presupuesto total de la obra a la suma de $ 34.640.690,72.
Que concluye en definitiva, que los cálculos oportunamente prac-
ticados se hallan en consonancia con lo dispuesto por el Decreto Nº

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