Resolución N° 97

EmisorMinisterio de Desarrollo Social
Fecha de la disposición 9 de Abril de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXL - Nº 66
CORDOBA, (R.A.) LUNES 9 DE ABRIL DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Resolución N° 97
Córdoba, 06 de abril de 2018
VISTO: El Expediente N° 0427-061866/2018 en el que la Jefatura de Área
Contable dependiente de la Dirección de Ejecución Presupuestaria, ges-
tiona formalizar la Modicación de Crédito Presupuestario, desde el 2 de
enero y hasta el 28 de febrero del año 2018, Jurisdicción 1.65 de esta Car-
tera de Estado.
Y CONSIDERANDO: Que obra nota que incoa la gestión, de la que se des-
prende que dicha solicitud se funda en las disposiciones del Artículo 2° -
Anexo “A” Punto 3.11 de la Resolución N° 02/2014 de la Secretaría de Admi-
nistración Financiera del Ministerio de Finanzas y conforme lo establecido
en el Artículo 31 del Decreto N° 150/2004, Reglamentario de la Ley 9086.
Que se incorporan a las presentes actuaciones el Listado de Documento
de Autorización de Modicación de Crédito Presupuestario, por el período
antes mencionado e intervención de la Subsecretaría de Administración y
Recursos Humanos de este Ministerio.
Que conforme las competencias establecidas en el Artículo 17 de la Ley
9086- de Administración Financiera, la Dirección General de Presupuesto e
Inversiones Públicas dene las responsabilidades, criterios y procedimien-
to a seguir en la realización de modicaciones presupuestarias.
Que el Artículo 31 del Decreto N° 150/04 faculta a cada uno de los Poderes
y Jurisdicciones de la Administración Central a autorizar las modicaciones
presupuestarias compensadas entre los créditos asignados dentro de su
misma jurisdicción.
Que la Máxima Autoridad de Jurisdicción deberá formalizar dichas modi-
caciones mediante el dictado de la pertinente Resolución, en virtud de lo
dispuesto por la Secretaría de Administración Financiera en el Artículo 2°
Punto 3.11 de la Resolución N° 02/2014, debiendo el presente instrumento
legal, una vez protocolizado, darse intervención al Tribunal de Cuentas de
la Provincia, comunicarse a la Legislatura Provincial, a la Contaduría Ge-
neral de la Provincia y a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones
Públicas y publicarse en el Boletín Ocial.
Por ello y lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de
este Ministerio bajo N° 106/2018,
EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1°.- FORMALÍZANSE las modicaciones en las asignaciones de
Recursos Financieros del Presupuesto General de la Administración Pro-
vincial en vigencia, de conformidad con el reporte compactado, que inclu-
ye el Documento de Modicación de Crédito Presupuestario - Jurisdicción
1.65 - correspondiente al período comprendido entre el 2 de enero y hasta
el 28 de febrero del año 2018, que como Anexo I compuesto de dos (2)
fojas forma parte integrante de la presente Resolución.-
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, comuníquese a la Legislatura Provincial, a la Contaduría
General de la Provincia y a la Dirección General de Presupuesto e Inversio-
nes Públicas, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.-
FDO: SERGIO H. TOCALLI, MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL
Anexo: http://boletinocial.cba.gov.ar/wp-content/4p96humuzp/2018/04/29668.pdf
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
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SANTA ROSA 740 - TEL. (0351) 4342126 / 27
BOE - TEL. (0351) 5243000 INT. 3789 - 3931
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ATENCIÓN AL PÚBLICO:
LUNES A VIERNES DE 8:00 A 20:00 HS.
RESPONSABLE: LILIANA LOPEZ

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