Resolución N° 96

EmisorADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
Fecha de la disposición23 de Mayo de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLI - Nº 96
CORDOBA, (R.A.) MIERCOLES 23 DE MAYO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
condiciones de empleabilidad de los trabajadores.
Artículo 4°: DELEGASE en el Director de Trabajo Agrario y Asuntos Ru-
rales la facultad de presidir la Comisión Cuatripartita de Trabajo Rural con
carácter permanente, quien efectuará las convocatorias correspondientes
a la designación de los miembros que conforman la comisión tanto como
las instrucciones para su funcionamiento y organización.
Artículo 5°: INVITASE a designar un integrante a cada uno de los organis-
mos del sector privado que integran la Comisión. Por el público invitase a:
Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), Ministerio de Trabajo Em-
pleo y Seguridad Social de la Nación (MTE y SS), Dirección Nacional de
Migraciones (DNM) mediante los instrumentos respectivos que acrediten
las facultades de los funcionarios que la representen. De igual manera se
procederá con los representantes de los órganos pertenecientes al Poder
Ejecutivo Provincial quienes deberán adjuntar los instrumentos respecti-
vos.- La incorporación de otros organismos o entidades se dispondrá en
el ámbito del plenario debiendo la reglamentación establecer las mayorías
para su aprobación.
Artículo 6°: ESTABLECESE que los integrantes de la Comisión desempe-
ñaran sus funciones en forma honoraria, sin derecho a compensación ni
retribución alguna y que informaran de manera inmediata las novedades
que incumban a su organismo o entidad para consideración de la plenaria.
Artículo 7°: ESTABLECESE que el Director Provincial de Trabajo Agrario
y Asuntos Rurales en el carácter de presidente permanente de la Comi-
sión Cuatripartita de Trabajo Rural tendrá las siguientes facultades: a) Re-
presentar ocialmente a la Comisión; b) Presidir las sesiones ordinarias y
extraordinarias de la Comisión, teniendo a su cargo la convocatoria res-
pectiva; c) Informar, difundir y ejecutar las actividades, acciones y resolu-
ciones que emanen de la Comisión y de llevar los registros, estadísticas e
insumos datales que surjan de la actividad desarrollada; d) Administrar los
recursos que se asignen para el funcionamiento; e) Elevar al Ministro de
Trabajo el Plan Provincial con las acciones relativas a los objetivos de la
Comisión; f) Proponer un trabajo intersectorial con actores de los distintos
niveles gubernamentales, tanto del orden nacional, provincial y municipal,
sectores de la producción y del mundo sindical y de la comunidad en ge-
neral; g) Promover la intervención de los intendentes y jefes comunales
con el objeto de la ejecución descentralizada de las acciones que se de-
terminen; h) Elevar al Ministro de Trabajo de manera periódica y/o cuando
le sea requerido, informe y cuadros de resultados de las acciones y pro-
gramas que se realicen en cumplimiento de los objetivos de la Comisión;
i) Refrendar las resoluciones, recomendaciones, comunicados, circulares
y memorándums que sean aprobadas por la Comisión en reunión plenaria
previo ponerla consideración del Ministro de Trabajo. j) Coordinar con las
áreas operativas de Inspección Laboral, CyMAT y Protección de la Salud
del Ministerio de Trabajo las acciones que resulten pertinentes para el logro
de los objetivos
Artículo 8°: DISPONESE que la Comisión dictará su reglamento de fun-
cionamiento, determinando la manera que se tomarán las decisiones, crea-
ción de registros especiales para resoluciones y recomendaciones y podrá
establecer salas temáticas o subcomisiones para la consecución de sus
objetivos.
Artículo 9°: PROTOCOLICESE, publíquese y notifíquese.RESOLUCIÓN
Nro. 0058.
FDO: OMAR HUGO SERENO MINISTRO DE TRABAJO
ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE
RECURSOS HÍDRICOS
Resolución N° 96
Córdoba, 21 de Mayo 2018.-
VISTO el Expediente Nº 0416-000699/2014 por medio del cual el señor
Luis Conrado INCATASCIATO – DNI 12.997.659 y la señora Nilda Rosario
INCATASCIATO – DNI 14.365.145 solicitan la Transferencia del Derecho de
Riego correspondiente a la Cuenta N° 01-10-001526.
Y CONSIDERANDO: Que mediante Nota agregada a fojas 2, los señores
Luis Conrado INCATASCIATO y la señora Nilda Rosario INCATASCIATO
propician la transferencia de Riego a su favor, a cuyos efectos acompañan
copia del Primer Testimonio de la Escritura N° 136 de fecha 4 de Agosto del
2009 y pasada por ante la Escribana Pública Nacional Titular del Registro
N° 451, por medio de la cual se les donó el inmueble afectado al Derecho
de Riego bajo examen e inscripto en el Registro General de la Provincia
bajo la Matrícula N° 34.932.
Que mediante Nota N° SECRHC01-564957024-616 se encuentra agrega-
do la partida de defunción del señor Salvador Incatasciato y conformidad
a la transferencia solicitada expedida por la señora Nilda Josefa Cartía.
Que a fojas 32 luce agregada copia de la Resolución D.P.H. N° 5883 de
fecha 16 de Mayo de 1973,por medio de la cual se transrió a favor del
señor Salvador Incatasciato el derecho a derivar agua del Canal Maestro
Norte del Sistema de Riego de Río Primero, compuerta ubicada en el Ki-
lometro 1,970 a los nes de regar la cuantía de Ocho Hectáreas dentro de
un inmueble ubicado en los Suburbios Nor-Este de la Ciudad de Córdoba.
Dicho Derecho se encuentra inscripto bajo Concesión N° 7.018.
Que a fojas 33/34 se encuentra agregado el informe expedido por el Re-
gistro General de la Provincia respecto a la Matrícula N° 34.932 (11), de la
cual se desprende la titularidad dominial de los solicitantes y el carácter de
usufructuaria de la señora Nilda Josefa Cartía.
Que a fojas 35 la Dirección General de Irrigación emite informe constatan-
do que el Derecho de Riego le fue otorgado al señor Salvador Incatasciato
mediante Resolución N° 5883 de fecha 16 de Mayo de 1973, habiéndose
aforado el mismo por ocho (8) hectáreas y siendo identicado en los padro-
nes bajo la Cuenta N° 01-10-001526.
Que por Ley N° 9.867 la Administración Provincial de Recursos Hídricos es
la autoridad de aplicación del Código de Aguas de la Provincia de Córdoba.
POR ELLO, dictamen de la Jefatura de Área de Asuntos Legales Nº 36/2018
obrante a fojas 35 de autos y facultades conferidas por Ley Nº 9.867; el
Directorio de la ADMINISTRACION PROVINCIAL
DE RECURSOS HIDRICOS (APRHI)

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